Técnico Superior de Museos

En la Comunidad Foral de Navarra

Técnico Superior de Museos. En la Comunidad Foral de Navarra

A la vista de las necesidades de personal existentes en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, su Directora General de Función Pública ha abierto una convocatoria para la constitución, a través de pruebas selectivas, de una relación de aspirantes al desempeño, en situación de servicios especiales para la formación, de puestos de trabajo de Técnico Superior de Museos, así como de una relación de aspirantes a la contratación temporal de dicho puesto de trabajo, en orden a la cobertura de las necesidades que se produzcan en la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos, excluidos los dependientes del Departamento de Salud.

SERVICIOS ESPECIALES. BASES

REQUISITOS:
Los aspirantes que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:

Tener la condición de empleado fijo al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos y estar encuadrado en el nivel o grupo B, C, D o E y no haber agotado el período máximo de formación a que se tenga derecho.
Haber completado un mínimo de tres años de servicios efectivamente prestados en su puesto de trabajo.
No hallarse en situación de excedencia voluntaria o forzosa.
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Dicha titulación debe ser distinta de aquella por la que el personal fijo se encuentra en servicio activo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
No estar ya incluido en una lista de aspirantes para la formación en servicios especiales como Técnico Superior de Museos.
El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección, así como en el momento del llamamiento y durante el período de formación.
No podrá participar en la presente convocatoria el personal docente del Departamento de Educación, el personal adscrito a los organismos autónomos del Departamento de Salud, el personal al servicio de la Administración de Justicia en Navarra, ni el personal excluido del ámbito de aplicación del Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra.

INSTANCIAS Y DOCUMENTACIÓN:
Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán solicitarlo mediante la instancia de participación que figura en el Anexo II. Dicha instancia se encontrará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación o bien desde el enlace de la convocatoria.
En la instancia de participación, las personas interesadas manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Quienes participen con una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la instancia de participación y deberán adjuntar a la misma la documentación que la acredite expedida por el órgano competente.
Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte las adaptaciones que solicitan. Estos aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 serán remitidos a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para la determinación de las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de la prueba.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
10 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra (BON nº 124, de 28/06/2017).

CONTRATACIÓN TEMPORAL. BASES

REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES:
Los aspirantes que deseen participar en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:
Tener la nacionalidad española, ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de un Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, que contemplen la libre circulación de trabajadores.
También podrá participar quien sea cónyuge de personas con nacionalidad española, de nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea y de nacionales de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados internacionales mencionados, siempre que no estén separadas de derecho, así como sus descendientes y descendientes del cónyuge, cuando no medie separación de derecho, que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
Estar en posesión del título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado, o título declarado equivalente, o del resguardo de haber satisfecho los derechos para su obtención en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.
Poseer la capacidad física y psíquica necesarias para el ejercicio de las correspondientes funciones.
No hallarse en situación de inhabilitación ni suspensión para el ejercicio de funciones públicas y no haber sido separado del servicio de una Administración Pública.
El cumplimiento de todos los requisitos recogidos en esta base, además de entenderse referido a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, deberá mantenerse durante el procedimiento de selección, así como en el momento del llamamiento y durante el período de contratación.

INSTANCIAS DE PARTICIPACIÓN Y DOCUMENTACIÓN:
Quienes deseen tomar parte en el procedimiento selectivo deberán solicitarlo mediante la instancia de participación que figura en el Anexo III. Dicha instancia se encontrará a disposición de las personas interesadas en cualquiera de las oficinas del Registro General del Gobierno de Navarra, pudiendo obtenerse también, a través de Internet, en la dirección www.navarra.es, bien desde el Boletín Oficial de su publicación o bien desde el enlace de la convocatoria.
En la instancia de participación, las personas interesadas manifestarán que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas, referidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Junto con la instancia de participación, los aspirantes deberán presentar la siguiente documentación:
Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o carta de identidad equivalente.
No obstante, los aspirantes que posean la nacionalidad española, en la casilla habilitada al efecto en la instancia de participación, podrán autorizar a la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la consulta de sus datos de identidad y edad, que se precisan para la tramitación y resolución del expediente. El acceso a los datos se hará a través de los Servicios de Verificación y Consulta de Datos (SVCD) de la Administración General del Estado, u otros sistemas equivalentes. En este caso, ya no es necesario aportar fotocopia del Documento Nacional de Identidad o carta de identidad equivalente.
Si se produjera alguna discrepancia entre los datos comprobados de oficio y los declarados por la persona interesada o fuera necesario aclarar algún aspecto sobre los mismos, se efectuará el correspondiente requerimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quienes participen con una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 deberán indicarlo en la instancia de participación y deberán adjuntar a la misma la documentación que la acredite expedida por el órgano competente. Asimismo, podrán solicitar las posibles adaptaciones de tiempos y medios que consideren necesarias, en cuyo caso deberán manifestarlo en la instancia y, además, expresar en hoja aparte las adaptaciones que solicitan.
Estos aspirantes con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 serán remitidos a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas para la determinación de las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de la prueba.
El requisito de titulación exigido deberá ser acreditado documentalmente en el momento del llamamiento de acuerdo con lo establecido en la Base Séptima de las normas comunes a las convocatorias.
No será necesario que la documentación que presenten los aspirantes sean documentos originales ni fotocopias compulsadas pudiéndose, en el plazo de presentación de instancias, aportar fotocopias simples de dichos documentos.
No obstante, en cualquier momento la Administración podrá requerir a los aspirantes los originales o fotocopias compulsadas de la documentación aportada junto con la instancia de participación.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
El plazo de presentación de instancias de participación en las dos convocatorias será de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Navarra.

NORMAS COMUNES

PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS:
Las instancias de participación en las convocatorias deberán presentarse en el Registro General del Gobierno de Navarra, avenida de Carlos III, 2, (vestíbulo) 31002 de Pamplona, o en cualquiera de las demás Oficinas de Registro del Gobierno de Navarra, cuya relación aparece publicada en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es) o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que se opte por presentar la solicitud en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada por el personal de Correos antes de ser certificada.

Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Foral 70/2008, de 23 de junio, la instancia de participación podrá presentarse telemáticamente a través del Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, disponible en la página web del Gobierno de Navarra (www.navarra.es). En este supuesto, la solicitud específica de participación y demás documentación que deba aportarse podrá adjuntarse en cualquiera de los formatos previstos en el Registro General Electrónico para adjuntar archivos.

PRUEBA:
El proceso selectivo se llevará a cabo mediante la realización de una prueba, dividida en dos ejercicios, que no serán eliminatorios, de conformidad con lo siguiente:
Primer ejercicio: de carácter teórico, consistirá en desarrollar por escrito dos temas extraídos al azar, de entre los que figuran en el temario recogido en el Anexo I.
La duración máxima de este ejercicio será de tres horas.
Este ejercicio será calificado con una valoración máxima de 60 puntos. Cada tema tendrá una puntuación máxima de 30 puntos.
Segundo ejercicio: de carácter práctico, consistirá en resolver dos supuestos prácticos sobre la materia contenida en el temario que figura en el Anexo I.
La duración máxima de este ejercicio será de tres horas.
Este ejercicio será calificado con una valoración máxima de 40 puntos. Cada supuesto tendrá una puntuación máxima de 20 puntos.
La prueba será calificada con una puntuación máxima de 100 puntos, quedando eliminadas aquellas personas que no alcancen, al menos, el 30% de esta puntuación máxima.
Los dos ejercicios de la prueba se llevarán a cabo por el sistema de plicas.
Durante el desarrollo de los ejercicios no se permitirá la consulta de ningún texto o documentación, ni el uso de diccionarios, máquinas calculadoras u otro material.
La convocatoria para la prueba se realizará mediante llamamiento único al que las personas participantes deberán acudir provistas del Documento Nacional de Identidad, pasaporte, permiso de conducir u otro documento de identificación que el Tribunal considere suficiente. Las que no acrediten su identidad o no comparezcan quedarán eliminadas.
Durante el desarrollo de la prueba se establecerán, para quienes tengan discapacidad reconocida y lo hubieran solicitado en la instancia, las adaptaciones posibles y necesarias de tiempos y medios para su realización.

TEMARIO:
Tema 1.–Museología y museografía. El museo: concepto, evolución y funciones. El Plan museológico.
Tema 2.–Factores de riesgo de los fondos museísticos. Seguridad, conservación preventiva y restauración.
Tema 3.–La documentación de los fondos museísticos.
Tema 4.–La exposición en el museo.
Tema 5.–Educación y difusión en el museo. La didáctica y la mediación en el museo.
Tema 6.–Los museos en Navarra. Titularidad y gestión. Edificios y colecciones.
Tema 7.–Arte Prehistórico y Arte Romano en Navarra. Las artes en el Prerrománico en Navarra. El arte islámico en Navarra.
Tema 8.–El Arte Medieval en Navarra.
Tema 9.–El Arte de la Edad Moderna en Navarra.
Tema 10.–El Arte en Navarra en los siglos XIX y XX. El panorama actual de las artes en Navarra.
Tema 11.–El patrimonio etnográfico en Navarra.
Tema 12.–El patrimonio inmaterial en Navarra.
Tema 13.–Historia del Carlismo en Navarra.
Tema 14.–La Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.
Tema 15.–La Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas de Navarra.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
navarra.es