Técnico Medio de Cultura en el Ayuntamiento de Valle de Mena

Presentación de solicitudes hasta el 5 de enero

Técnico Medio de Cultura en el Ayuntamiento de Valle de Mena

Se convoca procedimiento selectivo para cubrir, por el sistema de concurso-oposición, una plaza de Técnico Medio de Cultura como personal laboral fijo del Ayuntamiento de Valle de Mena, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, vacante en la plantilla del mismo.

FUNCIONES:

Las relacionadas con la Dirección, coordinación y gestión del área de cultura del Ayuntamiento de Valle de Mena.

Programar, contratar y desarrollar las actividades culturales. Exposiciones, fiestas patronales, fiestas navideñas, fiestas de carnaval, ferias, concursos, conciertos, campaña de libros de texto y otros eventos sociales.

Relacionarse con las distintas asociaciones culturales del Valle de Mena.

Atender todo tipo de consultas culturales.

Leer y responder la correspondencia.

Confeccionar la sección cultural del Boletín Municipal.

Confeccionar y distribuir carteles anunciadores de las programaciones.

Solicitar y justificar subvenciones para el área.

Remitir notas de prensa.

Diseñar y elaborar las publicaciones relacionadas con el valle de mena (guías, programas, trípticos…).

Realizar todas aquellas funciones propias de su categoría para las que ha sido instruido.

Colaboración en materia administrativa.

Atender e informar al público personal o telefónicamente.

Cualesquiera otras exigidas en el desempeño de su puesto de trabajo.

REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES:

Para ser admitido al concurso-oposición será necesario reunir en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos exigidos por el artículo 56.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015 texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Tener nacionalidad española o, en el caso de ser extranjero, estar en situación de poder ser personal funcionario de una Administración Pública Española, de acuerdo con los criterios del artículo 57 de dicho Estatuto.

Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al Empleo Público.

Estar en posesión del título de Diplomado Universitario en las ramas de Artes, Humanidades, Ciencias Sociales o Ciencias Jurídicas. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia.

Haber abonado la correspondiente tasa en concepto de derechos de examen.

SOLICITUDES:

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Valle de Mena, presentándose en el Servicio de Atención al Ciudadano de este Ayuntamiento o en cualquiera de las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. La convocatoria íntegra de las bases se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Burgos y, el extracto de las mismas, en el Boletín Oficial de Castilla y León y el Boletín Oficial del Estado.

En la solicitud los solicitantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la convocatoria, con referencia siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias.

A la instancia se acompañará:

Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

Resguardo de pago, de giro postal o telegráfico acreditativo de haber abonado en las siguientes cuentas, el importe de los derechos de examen, establecidos en 70,00 euros:

Caja 3: c/c número 2086.7048.04.0700002860.

BBVA: c/c número 0182.6760.97.0210014962.

La Caixa: c/c número 2100.6134.03.0200000844.

Fotocopia compulsada del título exigido en la base segunda, apartado e).

Documentos acreditativos de los méritos que se aleguen en la fase de concurso.

Los documentos que no se presenten en el momento de la solicitud no serán valorados.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

El procedimiento de selección constará de dos fases: La fase de oposición y la fase de concurso.

Fase de oposición.

Estará constituida por la realización de cuatro ejercicios: tres teóricos y uno práctico.

Los aspirantes que no aprueben cada uno de los ejercicios quedarán eliminados y no podrán realizar el siguiente. En la fase de oposición se valorarán las siguientes pruebas, hasta un máximo de 55 puntos.

Primer ejercicio: De carácter teórico.

Consistirá en la respuesta a un cuestionario tipo test de 30 preguntas, con respuestas alternativas, donde sólo una de ellas será la correcta, propuesto por el Tribunal calificador y relativo a cuestiones relacionadas con el temario objeto de la oposición, relacionado en el Anexo I, a) parte general (materias comunes). Para realizar el ejercicio los aspirantes dispondrán de cuarenta y cinco minutos como máximo.

Dicho ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, 5 puntos para aprobarlo. Las respuestas correctas se valorarán con 0,33 puntos (periódico), las incorrectas restarán 0,11 puntos (periódico) y no se puntuarán las no contestadas. La nota obtenida por los aspirantes que respondan correctamente todas las preguntas será de 10 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter teórico.

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas de los que figuran en el Anexo I, materias específicas (bloque I).

Los aspirantes podrán elegir los dos temas a desarrollar de entre cuatro propuestos por el Tribunal. Los temas propuestos por el Tribunal serán elegidos por sorteo realizado por éste ante los aspirantes.

Para realizar el ejercicio los aspirantes dispondrán de dos horas y media como máximo.

El ejercicio habrá de ser leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo el Tribunal hacer preguntas.

El Tribunal anunciará el comienzo de la lectura en el local donde se haya realizado el ejercicio, en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento con veinticuatro horas, al menos, de antelación. Si existiera un reducido número de aspirantes y el Tribunal así lo decidiera, se procedería a realizar la lectura del ejercicio el mismo día de su realización.

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y calidad de la expresión escrita, el orden en las ideas, así como aportaciones personales y capacidad de síntesis del aspirante. Dicho ejercicio se calificará de 0 a 15 puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, 7,50 puntos para aprobarlo.

Tercer ejercicio: De carácter teórico.

Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas de los que figuran en el Anexo I, materias específicas (bloque II).

Los aspirantes podrán elegir los dos temas a desarrollar de entre cuatro propuestos por el Tribunal. Los temas propuestos por el Tribunal serán elegidos por sorteo realizado por éste ante los aspirantes.

Para realizar el ejercicio los aspirantes dispondrán de dos horas y media como máximo.

El ejercicio habrá de ser leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo el Tribunal hacer preguntas.

El Tribunal anunciará el comienzo de la lectura en el local donde se haya realizado el ejercicio, en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento con veinticuatro horas, al menos, de antelación. Si existiera un reducido número de aspirantes y el Tribunal así lo decidiera, se procedería a realizar la lectura del ejercicio el mismo día de su realización.

La falta de presentación de un aspirante a la lectura mencionada determinará que quede decaído en sus derechos, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que se preverá con carácter extraordinario fecha y hora concretas para la realización de la lectura señalada.

En este ejercicio se valorará la formación general, la claridad y calidad de la expresión escrita, el orden en las ideas, así como aportaciones personales y capacidad de síntesis del aspirante. Dicho ejercicio se calificará de 0 a 20 puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, 10 puntos para aprobarlo.

Cuarto ejercicio: De carácter práctico.

Este ejercicio estará relacionado con el temario contenido en el Anexo I materias específicas (bloque II) y consistirá en la emisión de un informe, proyecto o programación sobre un supuesto práctico propuesto por el Tribunal y que, en todo caso, habrá de versar sobre conocimientos propios de los procedimientos, tareas y funciones habituales de la plaza de Técnico Medio de Cultura.

Para la realización de esta parte del ejercicio los aspirantes dispondrán de dos horas y media como máximo.

El ejercicio habrá de ser leído por los aspirantes ante el Tribunal en sesión pública, pudiendo el Tribunal hacer preguntas para mejor valoración del mismo.

El Tribunal anunciará el comienzo de la lectura en el local donde se haya realizado el ejercicio, en la página web y en el tablón de edictos del Ayuntamiento con veinticuatro horas, al menos, de antelación. Si existiera un reducido número de aspirantes y el Tribunal así lo decidiera, se procedería a realizar la lectura del ejercicio el mismo día de su realización.

La falta de presentación de un aspirante a la lectura mencionada determinará que quede decaído en sus derechos, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, para los que se preverá con carácter extraordinario fecha y hora concretas para la realización de la lectura señalada.

En este ejercicio se valorará la capacidad de análisis, los conocimientos generales, personales, capacidad de síntesis y creatividad del aspirante. Dicho ejercicio se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, 5 puntos para aprobarlo.

Concluidos los cuatro ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento la relación de aspirantes que hayan aprobado dicha fase, con indicación de la puntuación total obtenida.

B. Fase de concurso.

Será posterior a la fase de oposición, valorándose únicamente a aquellos candidatos que hayan superado la fase de oposición y que, dentro de ésta, hayan aprobado cada una de las pruebas establecidas. La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. En la fase de concurso se valorarán los siguientes méritos, hasta un máximo de 22 puntos:

Titulaciones, con un máximo de 3 puntos:

Por estar en posesión del título de Licenciado/a: 2 puntos.

Por estar en posesión del título de Máster o Doctor con formación específica en el área: 1,50 puntos.

Por estar en posesión de un título de postgrado, experto universitario o equivalente con formación específica en el área: 1,00 punto.

Sólo se valorarán las titulaciones académicas reconocidas por el Ministerio competente en la materia como título académico de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

No serán acumulables las puntuaciones otorgadas a títulos inferiores que sean necesarios para la obtención del título superior computado. Es decir, solo se valorará el título de mayor grado académico.

Formación, con un máximo de 7 puntos. Haber participado como alumno en cursos, seminarios, congresos o jornadas sobre las siguientes materias directamente relacionadas con las funciones de la plaza objeto de la convocatoria: Cultura, gestión cultural, patrimonio cultural, animación socio-cultural, museos, arte, historia, arqueología, etnografía y folclore, educación, ocio y tiempo libre, danza y artes escénicas, formación musical, voluntariado y ONGs, monitor ambiental, desarrollo local, ofimática, Internet y redes sociales (community manager o similares). Se valorará del siguiente modo:

1. De 10 a 20 horas: 0,05 puntos.

2. De 21 a 40 horas: 0,10 puntos.

3. De 41 a 60 horas: 0,20 puntos.

4. De 61 a 90 horas: 0,35 puntos.

5. De 91 a 120 puntos: 0,50 puntos.

6. De 121 a 180 horas: 0,75 puntos.

7. De 181 a 240 horas: 1,00 punto.

8. De 241 a 320 horas: 1,40 puntos.

9. De 321 a 400 horas: 1,80 puntos.

10. Más de 400 horas: 2,00 puntos.

Los cursos, seminarios, congresos o jornadas en los que no conste expresamente el número de horas o que sean de una duración inferior a diez horas no serán valorados. No se valorarán las certificaciones de asignaturas o cursos que formen parte de una titulación académica.

Idiomas: Hasta un máximo de 3 puntos por tener conocimientos de inglés, acreditado mediante título o certificación expedida por organismo oficial: 1 punto por cada título o certificación obtenida (según el Marco Común Europeo de referencia para las lenguas).

Experiencia profesional: hasta un máximo de 9 puntos.

Por haber prestado servicios en la Administración Pública en funciones propias y de la misma o superior categoría a la de la plaza convocada (técnico medio de cultura), a razón de 0,15 puntos por cada mes completo de servicio.

Los periodos de trabajo inferiores a un mes no serán valorados.

Los méritos a valorar en la fase de concurso habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo o presentación de solicitudes y presentarse junto a éstas. No se valorarán méritos diferentes y/o presentados con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Los méritos en los que no quede suficientemente acreditado el extremo que el aspirante pretende que se le valore o que no estén debidamente compulsados no serán valorados.

El Tribunal realizará una calificación provisional de los méritos, que se publicará en el tablón de edictos y página web del Ayuntamiento de Valle de Mena. Los aspirantes dispondrán del plazo de tres días hábiles para efectuar alegaciones a las puntuaciones provisionales asignadas.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.valledemena.es