Dos auxiliares de biblioteca

En la plantilla del Instituto Municipal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Burgos

Auxiliar de biblioteca. Ayuntamiento de Burgos

El Instituto Municipal de Cultura y Turismo del Ayuntamiento de Burgos aprueba las bases y la convocatoria de oposición libre para cubrir en propiedad dos plazas vacantes de Auxiliar de Biblioteca.

Formarán parte de la plantilla de personal funcionario del Instituto Municipal de Cultura y Turismo del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, Grupo C2, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Auxiliar y dotadas con el sueldo correspondiente al Grupo C2 de titulación, dos pagas extraordinarias, trienios y demás retribuciones o emolumentos que correspondan con arreglo a la Legislación vigente, reservándose una plaza para personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, o que tengan tal consideración en los términos que establece el artículo 4.2 Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre que aprueba el Texto Refundido de Ley General de derechos de las personas con discapacidad, y que así lo justifiquen.

BASES

CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:

Ser español/a, o en su caso, nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de Estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en lo que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos legalmente.

Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Hallarse en posesión del Título de Graduado en Educación Secundaria obligatoria o equivalente.

En el supuesto de invocar un Título equivalente obtenido en España cuya homologación expresa no esté recogida en la normativa del Ministerio de Educación Español, u obtenido en el extranjero, habrá de acompañarse certificado expedido por el Consejo Nacional de Educación, u organismo que en su caso le sustituya, que acredite la equivalencia.

Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza.

No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas, o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad para prestar servicio en la Administración Local.

INSTANCIAS:

Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas deberán dirigirse al Excmo. Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Burgos, acompañando el justificante de haber abonado los derechos de examen y en su caso el certificado al que alude el apartado siguiente. En ellas, los solicitantes manifestarán que reúnen todos y cada uno de los requisitos enumerados en estas Bases referidos a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. (Modelo: Anexo I).

Deberán presentarse las instancias dentro del plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín

Oficial del Estado (21 de octubre), a través del Registro General del Ayuntamiento de Burgos, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen  Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En las instancias deberá manifestarse por cuál de los dos turnos (libre o personas con discapacidad) se opta. Los aspirantes únicamente podrán participar en uno de los turnos.

PROCESO SELECTIVO:

Los ejercicios de la oposición serán tres de carácter obligatorio y eliminatorio:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario integrado por cincuenta preguntas tipo test con cuádruple respuesta (siendo sólo una de ellas la más correcta), que versarán sobre el contenido del programa que figura en el ANEXO II de la convocatoria. En cada pregunta sólo se podrá marcar una respuesta.

El cuestionario incluirá cinco preguntas adicionales de reserva a fin de sustituir y convalidar sucesivamente, según el orden en el que se presenten en el cuestionario, aquellas preguntas que pudieran ser objeto de anulación.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 60 minutos.

Este ejercicio será calificado de 0 a 10 puntos, siendo preciso para superarlo obtener, al menos, 5 puntos.

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en exponer oralmente, en un período máximo de treinta minutos, tres temas extraídos por sorteo de entre los comprendidos en el programa que figura en el ANEXO II, uno de la parte de legislación y otros dos de la parte específica.

Los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 15 minutos previo al inicio de la exposición oral para la realización de esquemas.

La realización de este ejercicio será pública. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos, y si una vez desarrollados los dos primeros temas, que podrán exponerse en el orden elegido por los aspirantes, el Tribunal apreciara deficiencia notoria en la exposición, podrá invitar a aquel a que desista de continuar el ejercicio.

Una vez concluida la exposición, el Tribunal podrá dialogar con el opositor sobre materias relacionadas con los temas expuestos y solicitar explicaciones complementarias.

Esta facultad del Tribunal no podrá sobrepasar los cinco minutos.

Tercer ejercicio: De carácter igualmente obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en resolver dos supuestos prácticos relativos a las funciones propias de la plaza a cubrir y relacionados con la totalidad del temario. El tiempo máximo de realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal, sin que pueda exceder de 1 hora.

La lectura del ejercicio por los opositores será pública y tendrá lugar en los días y horas que oportunamente señale el Tribunal.

El Tribunal podrá dialogar con el opositor durante un período máximo de ocho minutos sobre cuestiones relacionadas con los supuestos desarrollados.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

Bocyl.jcyl.es