Diez auxiliares de biblioteca en la Universidad Complutense de Madrid

Abierto proceso selectivo para ingreso por acceso libre

Diez auxiliares de biblioteca en la Universidad Complutense de Madrid

Se convoca proceso selectivo de acceso libre para cubrir 10 plazas de la Escala de Auxiliares de Biblioteca de la Universidad Complutense de Madrid, subgrupo C2.
El sistema de selección de los aspirantes será el de concurso-oposición, cuya descripción se detalla en las base sexta de la presente convocatoria.
El proceso selectivo se desarrollará con arreglo a las siguientes fases: una primera fase de oposición y una segunda fase de concurso.

Los aspirantes que superen la fase de oposición pasarán a la fase de concurso. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición y de concurso.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El primer ejercicio de la fase de oposición se celebrará en el plazo máximo de cinco meses, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo I a esta convocatoria y no se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

BASES

REQUISITOS:

Los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera, los siguientes requisitos de participación:

Nacionalidad:

Tener nacionalidad española.

Ser nacional de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea.

Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Igualmente, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

Edad: Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

Titulación: Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Asimismo, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio («BOE» del 17), por la que se establecen equivalencias con los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller regulados en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación modificada mediante Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo, y restante normativa vigente en la materia.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho de la Unión Europea.

Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Escala de Auxiliares de Biblioteca.

Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios.

Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española, además del requisito citado en el párrafo anterior, no deberán hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.

SOLICITUDES:

Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud en cuya parte superior figura, «Solicitud de admisión a procesos selectivos en la Universidad Complutense de Madrid. Personal Funcionario de Administración y Servicios».

Una vez cumplimentada, la solicitud tendrá que ser presentada en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (21 de noviembre), y se dirigirá al Sr. Rector Magfco. de la Universidad Complutense de Madrid.

La cumplimentación de los datos de la solicitud que deberán ser consignados se realizará realizar únicamente a través del punto de acceso general http://www.ucm.es. Una vez cumplimentados en la citada página los datos solicitados de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «Generar solicitud». De esta manera, se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres ejemplares (para la Universidad Complutense de Madrid, para la entidad colaboradora y para el interesado), que deberán ser firmados.

Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen (13,83 euros), la presentación de la solicitud se realizará en el Registro General de la Universidad Complutense de Madrid (Rectorado, avenida de Séneca 2, Madrid), en cualquiera de sus Registros Auxiliares, en el Registro Electrónico de la Universidad (https://etramita.ucm.es/) o en el resto de las formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, junto con la documentación que en su caso corresponda.

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN:

El procedimiento de selección (concurso-oposición) se desarrollará con arreglo a las siguientes fases: una primera fase de oposición y una segunda fase de concurso. La fase de concurso sólo se valorará a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Fase de oposición:

La fase de oposición estará integrada por dos ejercicios, ambos de carácter obligatorio y eliminatorio, y se valorará hasta un máximo de 100 puntos.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito a un cuestionario de 50 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta, que versarán sobre los temas del programa que figuran en el anexo I de esta convocatoria.

El cuestionario incluirá 10 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que pudieran ser objeto de anulación, y según el orden en el que se presenten en el cuestionario.

Cada respuesta correcta puntuará con 1 punto.

Las respuestas erróneas, las preguntas no contestadas y aquellas que tengan respuestas múltiples, no recibirán puntuación alguna.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo y acceder al segundo ejercicio.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas correctas, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 25 puntos.

Segundo ejercicio: Consistirá en la resolución de dos supuestos prácticos sobre los temas del Programa que figuran en el Anexo I de la convocatoria. Cada supuesto constará de 10 preguntas, con cuatro respuestas alternativas cada una, siendo sólo una de ellas la correcta.

Cada supuesto práctico incluirá 3 preguntas adicionales de reserva para sustituir a aquellas que pudieran ser objeto de anulación, y según el orden en el que se presenten en cada supuesto.

Cada respuesta correcta puntuará con 2,5 puntos.

Las respuestas erróneas, las preguntas no contestadas y aquellas que tengan respuestas múltiples, no recibirán puntuación alguna

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de sesenta minutos.

El ejercicio se calificará de 0 a 50 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 25 puntos para superarlo.

La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas correctas, siendo necesario para superar el ejercicio obtener una puntuación mínima de 25 puntos.

El orden de actuación de los opositores se iniciará, alfabéticamente con el primer aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «M», de conformidad con la Resolución de 3 de mayo de 2016, de la Dirección General de Función Pública («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 11 de mayo).

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio, debiendo el Tribunal adoptar Resolución motivada a tal efecto.

Desde la total conclusión del primer ejercicio hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días hábiles.

Una vez comenzado el proceso selectivo, la publicación del anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, en el Tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Complutense (Avda. de Séneca, n.º 2), y en la página web de la Universidad Complutense (www.ucm.es), con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para su inicio.

El Tribunal adoptará las medidas necesarias para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes. El Tribunal podrá excluir a aquellos aspirantes en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento del proceso selectivo, la acreditación de la identidad de los aspirantes.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que algún aspirante no cumple cualquiera de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia al interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Complutense, comunicándole las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a este proceso selectivo, a los efectos procedentes.

El Tribunal procederá a publicar en el plazo de tres días hábiles siguientes a la realización de cada ejercicio, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de la UCM (www.ucm.es), el cuestionario de examen y la plantilla de respuestas.

Concluido cada uno de los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de su celebración, en el Tablón de anuncios del Rectorado (Avda. de Séneca, n.º 2), y en la página web de la Universidad Complutense (www.ucm.es), la relación de aspirantes que hayan alcanzado el mínimo establecido para superarlo, con indicación de la puntuación obtenida.

Los aspirantes que no se hallen incluidos en las respectivas relaciones tendrán la consideración de no aptos, quedando eliminados del proceso selectivo.

Una vez superados los dos ejercicios, la calificación final de esta fase de Oposición será la resultante de sumar las puntuaciones obtenidas en los dos ejercicios.

Finalizada la fase de oposición, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado (Avda. de Séneca, n.º 2) y en la página web de la Universidad Complutense (www.ucm.es) la relación de aspirantes que la han superado, por orden de puntuación, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios y la puntuación total, otorgando a éstos un plazo de diez días hábiles para presentar la documentación acreditativa del mérito relativo a la titulación académica a valorar en la fase de concurso.

La acreditación del tiempo de servicios prestados en la Universidad Complutense se aportará de oficio por la propia Universidad.

Fase de concurso:

En esta fase, que solo se aplicará a quienes hayan superado la fase de oposición, se valorarán, hasta un máximo de 45 puntos, los siguientes méritos referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en este proceso selectivo.

Experiencia profesional.

Se puntuarán con 0,35 puntos por mes completo, hasta un máximo de 40 puntos, los servicios prestados en la Universidad Complutense de Madrid como funcionario interino de la Escala de Auxiliares de Biblioteca de la Universidad Complutense.

Sólo se valorarán los servicios prestados como mérito en esta fase de concurso, si los aspirantes ostentan la condición de funcionario interino de la Escala de Auxiliares de Biblioteca de la Universidad Complutense, el día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Titulación académica.

Por estar en posesión de una titulación académica superior a la exigida en la base 2.3 de la presente convocatoria: 5 puntos.

El Tribunal Calificador publicará en el tablón de anuncios del Rectorado (Avda. de Séneca, n.º 2), y en la página web de la Universidad Complutense (www.ucm.es), la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición con la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos valorables en esta fase y la total. Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes. Finalizado dicho plazo el Tribunal, y vistas y resueltas, en su caso, las alegaciones presentadas, publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso en los mismos lugares anteriormente mencionados.

Calificación final del proceso selectivo. La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición y de concurso.

El Tribunal no podrá declarar que ha superado el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas por la presente Resolución. Cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente será nula de pleno derecho.

En consideración a lo expuesto, el Tribunal elaborará la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo. En dicho listado, los aspirantes deberán figurar debidamente ordenados, por orden de puntuación, conforme a la calificación final obtenida. En caso de empate en la misma, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:

1.º La mayor puntuación obtenida en la fase de oposición.

2.º La mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.

3.º La mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.

4.º La mayor puntuación obtenida en la fase de concurso.

5.º La mayor puntuación obtenida en la valoración del mérito de experiencia profesional.

6.º Si aún persistiera el empate, primará la primera letra del primer apellido empezando por la letra señalada.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.boe.es/