El Ayuntamiento de Madrid busca artistas y/o arquitectos interesados en formular un proyecto para crear una obra de arte, que se ubicará en la Glorieta de López de Hoyos, en reconocimiento a las víctimas del terrorismo y que honre a todas las personas que han sufrido directa o indirectamente esta violencia.
El objetivo del concurso es seleccionar, en colaboración con un jurado de expertos del mundo del arte y la arquitectura, un proyecto artístico que ofrezca una respuesta imaginativa a la implantación de nuevos monumentos conmemorativos de significativa importancia para la ciudad de Madrid, incorporando el lenguaje del arte contemporáneo.
La propuesta artística se ideará para la Glorieta de López de Hoyos en su encuentro con las calles de Joaquín Costa y Francisco Silvela, lugar céntrico de la ciudad y objeto de remodelación urbana que permitirá dar visibilidad al reconocimiento que se pretende.
BASES
REQUISITOS:
Podrán presentarse a este concurso, por sí o por medio de representantes debidamente autorizados, las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 65 a 70 de la LCSP, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en las causas de prohibición de contratar establecidas en el artículo 71 de dicha Ley en la fecha de conclusión del plazo de presentación de proposiciones, ni tampoco cuando se proceda al fallo del concurso, y acrediten la solvencia técnica o profesional exigida.
Las personas jurídicas solo podrán participar en este concurso si los fines, objeto o ámbito de su actividad, a tenor de lo que dispongan sus estatutos o reglas fundacionales, son acordes a las prestaciones que se exigen en este concurso. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea deberán cumplir los términos exigidos en los artículos 68 y 84.3 de la LCSP y en el artículo 10 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administraciones Públicas; igualmente, en caso de resultar adjudicatarios deberán abrir sucursal en España, con designación de apoderados o representantes para sus operaciones, e inscribirse en el Registro Mercantil. Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea (o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo) deberán sujetarse a lo dispuesto en el artículo 67 de la LCSP.
Podrá tratarse de artistas, arquitectos o colectivos. En el caso de equipos o colectivos, deberá identificarse en la solicitud de inscripción a un miembro como representante, que actuará como dirección artística. La pertenencia al ámbito de la creación artística o de la arquitectura se acreditará mediante el resguardo acreditativo de encontrarse dado de alta en el IAE en el epígrafe correspondiente a la actividad objeto del contrato.
No podrán participar en el concurso, como titulares o como miembros de equipos, personas comprendidas en los siguientes supuestos:
Los miembros del Jurado y los redactores de las bases.
Quienes tengan, con los anteriores, parentesco por consanguinidad hasta el cuarto grado o por afinidad hasta el segundo grado.
Quienes se encuentren asociados o mantengan relaciones de servicio o colaboración profesional con los miembros del Jurado.
Y en general, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 64 y 70 de la LCSP, cualquier participación que ponga en peligro el cumplimiento de igualdad de trato o falsee la competencia. Ningún participante podrá establecer ningún tipo de relación profesional con los miembros del Jurado durante el periodo de celebración del concurso. En el supuesto de que alguno de los participantes en el concurso o de los integrantes del equipo ostente la condición de funcionario, deberá presentar autorización de compatibilidad para el ejercicio de actividades profesionales fuera de las Administraciones Públicas. Sin perjuicio de lo previsto para los miembros del Jurado, con carácter general y respecto del deber de abstención, se estará a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
FASES DEL CONCURSO:
El concurso se desarrollará en dos fases, una primera para la selección de diez finalistas elegidos según los criterios de selección establecidos en las bases del concurso, y una segunda donde los concursantes finalistas serán invitados a presentar una propuesta artística de forma anónima bajo lema.
PLAZOS:
Los interesados en participar tendrán treinta días hábiles para presentar la solicitud de inscripción, junto con la documentación requerida, a contar desde la publicación de las bases del concurso y el pliego de prescripciones técnicas en la Plataforma de Contratación del Sector Público. El plazo de presentación de solicitud de inscripción termina el 18 de mayo de 2022.
Tras la preselección de los artistas de la primera fase, los concursantes finalistas dispondrán de veinte días hábiles para elaborar su propuesta artística.
DOTACIÓN:
La propuesta ganadora recibirá un premio de 15.000 euros más IVA, y cada uno de los nueve finalistas 2.000 euros más IVA.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
Plataforma de Contratación del Sector Público: https://contrataciondelestado.es.
Portal de la Dirección General de Patrimonio Cultura del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte: https://patrimonioypaisaje.madrid.es