Concurso internacional para el nombramiento del director gerente del IVAM

Convocatoria abierta hasta el 18 de junio

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Es objeto de la convocatoria el proceso de selección para la propuesta del nombramiento del director o directora gerente del IVAM.

 

BASES

FUNCIONES:

Corresponderá al director o directora gerente del Instituto Valenciano de Arte Moderno la gestión ordinaria del Instituto. En concreto, le corresponderán las siguientes funciones:

La dirección del Instituto y de su personal de conformidad con lo acordado por su Consejo Rector.

La ejecución de los acuerdos del Consejo Rector.

La gestión ordinaria del Instituto.

La preparación del plan anual de actividades, la memoria anual y el anteproyecto de presupuesto, así como su presentación ante el Consejo Rector para su aprobación.

Todas las demás que el Consejo Rector le encomiende.

RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN Y DE INCOMPATIBILIDADES:

El régimen de contratación del director o directora gerente es el de contrato laboral de alta dirección, con una duración de 6 años, con la posibilidad de renovación como máximo por otros dos periodos de igual duración, excepto denuncia expresa por cualquiera de las dos partes, con quince días de antelación a la fecha del vencimiento. El contrato se regirá de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección o normativa que lo sustituya. La retribución a percibir por el director o directora gerente ascenderá a 67.615,92 euros brutos anuales. En el caso de que no tuviera fijada su residencia en la ciudad de Valencia, se le abonará, además, la indemnización que corresponda según la normativa aplicable por dicho concepto.

Asimismo le será de aplicación directa la regulación que, en materia de personal que ocupe puestos de carácter directivo, realiza el Decreto Ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de medidas urgentes de régimen económico-financiero del sector público empresarial y fundacional, así como la disposición adicional trigésima de la Ley 11/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2013, o normativa que lo sustituya.

Su relación laboral quedará regulada por lo establecido en el contrato y demás normativa que le resulte de aplicación. El desarrollo del puesto de director o directora gerente está sometido al régimen establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas y normas de desarrollo. Igualmente le será de aplicación el régimen establecido en la normativa autonómica sobre declaración de bienes, derechos patrimoniales y actividades de altos cargos.

El director o directora gerente, anualmente someterá a evaluación del Consejo Rector la aprobación de su gestión, según los objetivos fijados en el plan de actuación seleccionado.

REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS:

Ser español o nacional de un país miembro de la Unión Europea. En el caso de nacionales de países no miembros de la Unión Europea, el nombramiento quedará condicionado a la obtención de la residencia legal en España.

Estar en posesión de una titulación universitaria con el nivel de licenciatura o equivalente.

No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

No padecer enfermedad invalidante, ni estar afectado por limitación física o psíquica que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar.

Acreditar una trayectoria y experiencia significativas de dirección o gestión de museos o centros de arte moderno y contemporáneo.

Pleno dominio del castellano e inglés y conocimiento del valenciano. En caso de no acreditar esta última circunstancia, será necesario asegurar su aprendizaje en el plazo de dos años.

MÉRITOS DE LOS CANDIDATOS:

Ser doctor en el campo de la historia del arte, la estética, la museología, las bellas artes, la arquitectura o comunicación audiovisual.

Acreditar estar en posesión de másteres o estudios de postgrado en el campo de la historia del arte, la estética, la museología, las bellas artes, la arquitectura o comunicación audiovisual.

La publicación de un conjunto significativo de publicaciones en el ámbito de la investigación, museología y difusión del arte moderno y contemporáneo.

Conocimiento de otros idiomas.

Habilidades propias de liderazgo, así como dotes para la comunicación y dirección de equipos.

Acreditar la capacidad para representar al IVAM en el más amplio espectro de ámbitos, y para construir y desarrollar redes de relaciones tanto internas como externas en el ámbito del arte moderno y contemporáneo.

Conocimiento del contexto económico, social, institucional y cultural de la Comunitat Valenciana, así como capacidad para desarrollar programas que incentiven su patrocinio y la colaboración con otros museos e instituciones culturales, comunitarias, nacionales e internacionales.

Conocimiento de los agentes económicos susceptibles de aportar recursos financieros, humanos y culturales al IVAM.

PRESENTACIÓN DE CANDIDATURAS Y DOCUMENTACIÓN:

Los candidatos habrán de presentar tres sobres cerrados en los que incluirá la siguiente documentación:

Sobre número 1. Requisitos

En él se acreditarán de forma fehaciente los requisitos exigidos.

Sobre número 2. Plan de actuación

Contendrá el plan de actuación relativo al proyecto museístico del IVAM para los próximos 6 años, definiendo los fines, valores, líneas de actuación, posible programación y objetivos que se propone desarrollar, con especial mención a los fondos artísticos de la colección del instituto. Para la elaboración de este plan de actuación, se tomará como referencia orientativa, las consignaciones presupuestarias asignadas al IVAM en los últimos ejercicios presupuestarios y lo establecido en la Ley 9/1986, de 30 de diciembre, por la que se crea el Instituto Valenciano de Arte Moderno de creación del IVAM. Este documento se presentará en alguna de las dos lenguas cooficiales de la Comunitat Valenciana, o en lengua inglesa. El documento tendrá una extensión máxima de 30 folios (interlineado sencillo, letra Arial 12).

Sobre número 3. Méritos

Incluirá su curriculum vitae,así como aquellos documentos acreditativos de los méritos establecidos.

Los candidatos que concurran al proceso habrán de presentar en el Registro General de la Consellería de Educación Cultura y Deporte (av. Campanar, 32, 46015 Valencia) o en el resto de formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda la documentación requerida en la convocatoria, dirigida al presidente del comité de valoración, en tres sobres cerrados que se titularán; sobre número 1, requisitos, sobre número 2, plan de actuación, y sobre número 3, méritos, y en los que además se indicará: «Proceso de selección del director o directora gerente del IVAM».

El plazo para la presentación de las propuestas será de 30 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (20 de mayo).

PROCESO DE SELECCIÓN:

La selección del candidato será llevada a cabo por un comité de valoración que estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: Enrique Varela Agüi, subdirector general de Museos Estatales.

Vocales:

Manuel Borja-Villel, director del Museo Centro de Arte Reina Sofía.

Tomás Llorens Serra, historiador y crítico de arte.

María Teresa Ocaña i Gomà, historiadora del arte.

Philippe de Montebello, profesor del Institut of Fine Arts NY y patrono de honor del Museo del Prado.

Suzanne Cotter, directora del Museo Serralves de Oporto.

Norman Rosenthal, comisario e historiador del arte.

Felipe Garín Llombart, catedrático de universidad, director honorario del Museo del Prado.

Manuel Fontán del Junco, director de exposiciones.

Secretaria: Virginia Jiménez Martínez, subsecretaria de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, que actuará con voz pero sin voto.

El comité de valoración, en un una primera fase analizará los requisitos presentados por los candidatos en el sobre número 1, resultando excluidos aquellos que no reúnan los exigidos en la presente convocatoria.

En una segunda fase, se procederá a la valoración de los planes de actuación, incluidos en el sobre número 2 de los candidatos seleccionados.

Por último, se valorarán los méritos y curriculum aportados en el sobre número 3, pudiendo establecer el comité de valoración los criterios para evaluar los méritos de los candidatos y, de considerarlo necesario, podrá celebrar una o diversas entrevistas con los mismos, asegurando formalmente los criterios de confidencialidad y discreción que han de regir todo el proceso de selección.

El comité elevará una propuesta a la presidenta del IVAM, que a su vez la propondrá al Consejo Rector para su nombramiento.

El comité de valoración estará facultado para resolver las cuestiones que puedan suscitarse en el proceso selectivo y adoptará sus decisiones por mayoría simple y, en caso de empate, dirimirá el o la presidente o presidenta con su voto.

La convocatoria podrá declararse desierta si el comité de valoración considera que ninguno de los candidatos se adecua a los requisitos del puesto.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.docv.gva.es