Becas Fullbright para la ampliación de estudios artísticos en Estados Unidos 2025-2026

Envío de solicitudes hasta el 20 de mayo de 2025

Becas Fullbright para la ampliación de estudios artísticos en Estados Unidos 2025-2026

El Ministerio de Cultura español convoca cuatro becas en régimen de concurrencia competitiva para la ampliación de estudios artísticos en Estados Unidos para el curso 2025/2026, en las siguientes áreas de actividad: artes cinematográficas y audiovisuales, artes escénicas, artes plásticas y visuales, música y musicología.

La finalidad de las becas del Ministerio de Cultura/Fulbright para la ampliación de estudios artísticos en Estados Unidos es contribuir a la formación de los españoles que deseen ampliar estudios artísticos en universidades y centros de dicho país y especializarse en una de las áreas de actividad citadas anteriormente. Estas becas permiten cursar estudios con o sin objetivo de titulación, realizar investigación y desarrollar proyectos. En este sentido, se concederá una beca por cada área.

En el supuesto de que en alguna de ellas no hubiera candidato por no obtener ninguno la puntuación mínima exigida, la plaza podrá acumularse a cualquiera de las demás especialidades.

BASES

REQUISITOS:

Las personas solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:

Poseer la nacionalidad española.

Poseer un título superior expedido por una universidad española, o de no serlo, reconocido u homologado por el ministerio competente. Excepcionalmente, se aceptarán los títulos expedidos por otras instituciones, aunque no estén homologados por dicho ministerio. También podrán optar a beca quienes, no teniendo estudios de grado, acrediten la formación o experiencia que les permita el acceso a estudios de postgrado en centros de Estados Unidos.

Tener una carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria de estudios presentada con carácter previo a la concesión de la beca. Si los candidatos propuestos no aportan este documento en el plazo indicado, no podrán disfrutar de la beca.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, o sean deudores por reintegro de subvenciones en los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Cada solicitante sólo podrá presentar una única solicitud, en la que indicará a qué especialidad de las previstas. De conformidad con lo establecido en el artículo 69.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, el solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el período de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación al órgano instructor.

Serán incompatibilidades:

Tener doble nacionalidad, española y estadounidense, derecho automático a adquirirla (por ejemplo, por ser hijo o cónyuge de un nacional estadounidense), o disponer del permiso de residencia permanente en EE.UU.

Disfrutar simultáneamente de cualquier otro tipo de beca o de ayuda económica concedida por conceptos iguales o similares, sin la autorización previa de la Comisión, que se reserva el derecho de analizar caso por caso las circunstancias específicas de los candidatos que reciban otras ayudas y de ajustar la dotación de la beca en consecuencia, tras consultarlo con el Ministerio de Cultura.

Haber realizado más de dos cursos de estudios de grado en EE.UU., estar residiendo, estudiando o investigando en EE.UU. –de forma presencial o a distancia– durante el periodo comprendido entre la selección y la incorporación a EE.UU. como becario Fulbright, o haber residido en EE.UU. durante cinco años en el periodo de seis años inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la beca.

Haber iniciado o realizado estudios de postgrado o proyectos de ampliación de estudios artísticos o de gestión cultural en EE.UU. en cualquier momento antes del comienzo de la beca.

Haber terminado un doctorado antes del inicio de la beca o finalizarlo durante el período de disfrute de esta.

Haber disfrutado previamente de una beca Fulbright de ampliación de estudios de postgrado.

Haber sido titular de un tipo de visado incompatible con el visado J-1 con el que deben viajar a EE.UU. todos los becarios Fulbright.

Ser empleado o tener relación de parentesco de primer grado con algún vocal o directivo de la Comisión o de otra institución patrocinadora de estas becas Fulbright.

DURACIÓN:

El período de disfrute de estas becas se establecerá según el calendario de la universidad o centro especializado de destino. La duración mínima es de seis meses y la máxima de doce.

Dicho período deberá estar comprendido entre el 1 de agosto de 2025 y el 31 de diciembre de 2026 y no podrá posponerse a otro año académico sin la autorización expresa del Ministerio y de la Comisión. Las becas no son renovables para un segundo año de estudios.

ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:

El formulario de solicitud electrónica está disponible en https://fulbright.es/

La solicitud debe incluir:

Formulario de solicitud electrónica, que incluya:

Datos personales.

Datos académicos.

Datos profesionales.

Proyecto de estudios que quiere desarrollar en EE. UU. (en español, 500 palabras como mínimo y 1.500 palabras como máximo).

La explicación debe seguir el esquema siguiente:

Objetivo: Descripción del proyecto, especialidad elegida y titulación académica a la que aspira, si procede.

Importancia: Explicación de la importancia del proyecto en sí mismo, para su propio desarrollo académico y profesional, y para España.

Motivación: Motivo que le induce a estudiar en EE.UU.

Universidades o centros de preferencia en las que podría seguir los estudios de su elección (máximo tres).

Documentación escaneada a adjuntar a la solicitud electrónica:

Fotografía reciente.

Documento Nacional de Identidad o pasaporte, en el caso de no autorizar a la Administración para su consulta u obtención, en los términos previstos en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La no autorización se deberá reflejar en el formulario de solicitud.

Certificado académico de estudios.

Título universitario o justificante de haberlo solicitado, si procede.

Currículum Vitae en español (máximo 2 páginas).

Documentación que acredite que se ha solicitado acceso, invitación o admisión a las universidades o centros de preferencia mencionados en la solicitud.

Declaración responsable acreditativa de no encontrarse incurso en las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Declaración responsable acreditativa de no tener obligaciones por reintegro de subvenciones, artículo 25 del reglamento de la mencionada ley.

Se podrá requerir a todo solicitante, en cualquier momento del proceso, la presentación de los originales de los documentos acreditativos que hubiese adjuntado escaneados en su solicitud. Los candidatos seleccionados deberán presentar o enviar a la Comisión copias compulsadas del título y del certificado académico cuando se les comunique esta circunstancia, en el plazo que se señales, así como tres cartas de referencia. En la solicitud debe indicar el nombre completo y el correo electrónico de los firmantes que recibirán un mensaje con instrucciones para que completen dicha carta. En el plazo de tres días hábiles a partir de la notificación de la “Propuesta de concesión provisional”, el/la candidato/a deberá presentar la carta de acceso, invitación o admisión en un centro estadounidense para realizar un programa acorde con la memoria presentada.

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (hasta el 20 de mayo de 2025).

DOTACIÓN:

Las becas incluyen financiación para los siguientes conceptos:

Billete de ida y vuelta, compra de materiales y gastos varios: 1.300 dólares.

Asignación mensual de hasta 4.300 dólares, según universidad o centro de destino, en concepto de alojamiento, manutención y gastos adicionales durante el período autorizado de estancia en los Estados Unidos de América.

Gastos de matrícula, tasas y seguro médico obligatorios de la universidad o centro especializado de destino (máximo de 34.000 dólares).

Cuando el objetivo de la beca no implique gastos de matrícula, una cantidad para gastos de proyecto, incluidos viajes de investigación y, en su caso, seguro médico obligatorio (máximo de 5.000 dólares).

Estas cantidades son brutas y sobre ellas deberán aplicarse las retenciones que en cada momento establezca la normativa tributaria.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:

Las personas beneficiarias, por el solo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a:

Aceptar el contenido de esta convocatoria y su resultado.

Aceptar por escrito la beca concedida dentro del plazo de tres días hábiles, contados a partir de la publicación de la propuesta de resolución provisional. De no aceptarse la beca dentro del plazo propuesto se entenderá que renuncia a la misma y se concederá a la persona suplente que figure en primer lugar en la orden de concesión.

A las personas finalistas se les facilitará un impreso de solicitud que deberán cumplimentar en inglés, que se utilizará para formalizar su condición de becario Fulbright en Estados Unidos de América.

Las personas que no faciliten este impreso en el plazo y forma requeridos perderán su condición de finalistas. Asimismo, la Comisión solicitará cualquier documentación adicional que considere necesaria o que exijan las instituciones estadounidenses.

Realizar la actividad que fundamenta la concesión de las becas.

Acreditar mediante documento de la Universidad o centro especializado la realización del curso o estancia en dicha institución que será presentado ante la Comisión Fulbright.

Someterse a las actuaciones de comprobación y control que pudieran llevar a cabo la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.

Comunicar la obtención de otra beca o ayuda para la misma finalidad.

 

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

https://fulbright.es/