Becas de formación e investigación 2017-2018

Convocadas por la Biblioteca Nacional de España

Becas de formación e investigación 2017-2018 en la Biblioteca Nacional de España

La Biblioteca Nacional de España tiene como misión reunir, preservar y difundir el patrimonio bibliográfico, artístico, musical, audiovisual y digital producido en España y el generado sobre la cultura española. Para la consecución de estos fines, la Biblioteca, consciente de la importancia de la formación de jóvenes profesionales como pilar fundamental para el desarrollo en el ámbito bibliotecario, ha aprobado un programa de ayudas destinadas a la formación, la especialización, el perfeccionamiento y la investigación destinadas titulados universitarios.

El objetivo de estas becas (16) es fomentar y mejorar el conocimiento sobre las actividades propias de la función que debe cumplir la Biblioteca Nacional de España.

BASES

MODALIDADES:

Las 16 becas se clasifican en seis modalidades y a cada una de estas se les exige, además de los requisitos generales, unos requisitos específicos. Las modalidades, recogidas en el Anexo l, son:

Modalidad A) Becas de Biblioteconomía y Documentación (8 becas)

Modalidad B) Becas de Gestión Cultural (3 becas)

Modalidad C) Beca de Publicaciones (1 beca)

Modalidad D) Beca de lnformática (1 beca)

Modalidad E) Beca de Arquitectura (1 beca)

Modalidad F) Becas de Comunicación (2 becas)

Los beneficiarios contarán con la orientación, formación y seguimiento de un tutor perteneciente al área correspondiente de la institución. A tal efecto se elaborará por la BNE un Plan de Formación que será de aplicación a los becarios durante el disfrute de sus becas y que será elaborado por la Unidad en la que el becario desarrolle su formación. Se entregará un diploma a los becarios que hayan cumplido el periodo íntegro de formación desde su incorporación hasta la fecha de finalización del mismo.

Estas becas son incompatibles, durante la vigencia de las mismas, con el disfrute de cualquier otra beca de formación.

La concesión y disfrute de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y la BNE.

DURACIÓN:

La concesión de las becas quedará condicionada a la existencia de crédito suficiente. Todas las becas tendrán una duración máxima de 10 meses naturales.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:

Poseer la nacionalidad española.

También podrán solicitar la beca las personas que posean la nacionalidad de algún Estado miembro de la Unión Europea o sea cónyuge de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, podrán participar los descendientes de cualquiera de los anteriores que sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes. En todos los casos mencionados en este párrafo se deberá acreditar un perfecto dominio -hablado y escrito- del idioma español, equivalente al nivel Cl del marco común Europeo de Referencia para las Lenguas.

Poseer alguna de las titulaciones universitarias, de grado o licenciatura o diplomatura, exigida en cada una de las modalidades del Anexo I (de acuerdo con el Real Decreto L393/2OO7, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales), expedida por universidades españolas, o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título de grado, licenciado o diplomado en el curso 2º11,-2O12 o con posterioridad.

No haber disfrutado de esta beca en convocatorias anteriores.

No padecer enfermedad que impida el desarrollo de las actividades y obligaciones objeto de la beca.

No encontrarse incurso en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2OO3, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

SOLICITUDES:

Las solicitudes se ajustarán al modelo que se publica en la presente resolución (Anexo ll).

Cada solicitante sólo podrá presentarse a una modalidad de beca. En el caso de que la modalidad elegida tenga varias especialidades, solo podrá solicitar una de ellas. Si un mismo solicitante supera el límite señalado, se evaluará únicamente la primera solicitud presentada, según fecha y número de registro, considerándose excluidas las restantes. Una vez recibida la solicitud, no será posible cambiar de modalidad o especialidad.

Para facilitar la tramitación de las becas, además del domicilio, los solicitantes deberán facilitar una dirección de correo electrónico y, al menos, un número de teléfono, personales, tal como se especifica en el Anexo ll.

Las solicitudes deberán presentarse con la documentación completa que se detalla a continuación:

Copia del DNI o del pasaporte en el caso de que no se preste el consentimiento contenido en el apartado correspondiente del formulario para la comprobación de datos a través del Sistema de Verificación de Datos (Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes). Los solicitantes extranjeros deberán presentar copia del documento acreditativo de su identidad expedido por la autoridad competente del país que acredite su nacionalidad.

Copia de la certificación académica, expedida por la universidad, con indicación de los estudios realizados, donde conste expresamente la nota media obtenida sobre 1-0. A las notas medias que no figuren en escala 0-10 se les aplicará la unificación de los sistemas de calificación (BOUC del 29 de julio de 2009).

Copia de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en caso de títulos extranjeros o expedidos en centros españoles privados.

Documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.

Currículum vitae, con una extensión máxima de tres folios.

Declaración según modelo adjunto (Anexo lll), de estar al corriente en las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La BNE podrá requerir, a lo largo de todo el proceso de selección, la información complementaria que estime necesaria.

El solicitante se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la beca, debiendo informar de cualquier variación en las circunstancias al Órgano instructor.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro General de la BNE, en el Paseo de Recoletos, 2O,28O7L Madrid, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2Ot5 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud también podrá presentarse electrónicamente, a través del Registro Electrónico ubicado en la Sede Electrónica de la BNE (https://sede.bne.gob.es), o por medio del Registro Común del Punto de Acceso General a la Administración, siempre que se posea un certificado electrónico o un sistema de firma electrónica con plena validez, como por ejemplo el contenido en el DNI electrónico. En la Sede Electrónica de la BNE se recoge la información necesaria para completar la solicitud.

En caso de enviarse por correo postal, el envío deberá ser certificado, se hará en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de su certificación, para garantizar que la fecha de remisión es anterior al cierre de la convocatoria. Deberán ir dirigidas a la Dirección de la Biblioteca Nacional de España, Paseo de Recoletos,20,2807L Madrid.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública en la Web de la BNE (www.bne.es) la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas en la presente convocatoria, con indicación en cada caso de los motivos de exclusión. Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha lista, para subsanar los defectos de su solicitud. Si no lo hicieran se les tendrá por desistidos de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 2L.I y 68.1 de la Ley 39/2Ot5, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOTACIÓN:

La cuantía individual de la beca será 1.085 euros brutos mensuales. Los pagos se realizarán previo certificado favorable del tutor responsable, por mensualidades vencidas, por la cuantía proporcional al tiempo efectivo de disfrute de la beca, iniciándose el expediente de pago una vez recibido el citado informe.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

bne.es