El artículo 6 de la Ley 8/1983, de 8 de julio, del Consejo de la Cultura Gallega, establece que le compete al Consejo de la Cultura Gallega investigar y valorar las necesidades culturales del pueblo gallego.
Dentro del plan de actividades de esta institución para los años 2022-2023 figura la convocatoria pública de tres becas de colaboración para proyectos de investigación sobre diversos aspectos de la cultura de esta comunidad.
BASES
REQUISITOS:
Podrán solicitar estas becas o ser personas beneficiarias de ellas las personas en que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan, además de los requisitos específicos que para cada beca se señalen en los anexos de esta resolución, los siguientes requisitos generales, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
Estar en posesión de la titulación universitaria requerida para el proyecto al cual presenten la solicitud. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y tener finalizados los estudios conducentes a él en el curso académico 2011/12 o posterior.
Acreditar el conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4, excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciatura en Filología Gallega o grados equivalentes.
No resultar persona beneficiaria de una beca de colaboración convocada por el Consejo de la Cultura Gallega en convocatorias anteriores durante un plazo superior a 12 meses.
Poseer una nota media en su expediente académico igual o superior a 6 puntos, calculada de acuerdo con los parámetros publicados por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG nº 188, de 30 de septiembre).
Las personas solicitantes que cursasen sus estudios en universidades no pertenecientes al Sistema universitario de Galicia y posean certificación académica en un idioma distinto del gallego o del castellano deberán adjuntar la correspondiente traducción jurada. La certificación del expediente académico indicará la fecha de iniciación y final de los estudios, los créditos superados y las cualificaciones obtenidas. Deberá ajustarse a los criterios estatales, tanto a los del Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de cualificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional (BOE núm. 224, de 18 de septiembre), como a los que deben incluirse en el suplemento europeo al título
(SEP); la nota media del expediente académico se calculará de acuerdo con los parámetros fijados por dicha Resolución de 15 de septiembre de 2011.
MODALIDADES:
Proyecto de investigación Unidad de Publicaciones.
Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación de la Unidad de Publicaciones del Consejo de la Cultura Gallega.
Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos:
Poseer el título de licenciatura o grado en Filología Gallega, Gallego-Portuguesa, Lengua y Literatura Gallegas, o titulaciones equivalentes.
Se valorarán como méritos:
Poseer experiencia en edición de textos y edición digital.
Poseer experiencia en traducción y corrección.
Poseer conocimientos de informática.
Proyecto de investigación Área de Documentación.
Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación del Área de Documentación del Consejo de la Cultura Gallega.
Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos:
Poseer el título de licenciatura o grado en Documentación o titulaciones equivalentes.
Se valorarán como méritos:
Tener experiencia en catalogación en formatos Marc.
Poseer conocimientos de programas de catalogación bibliográfica y de descripción archivística.
Poseer conocimientos de informática.
Poseer experiencia en gestión documental.
Proyecto de investigación Unidad de divulgación de contenidos y difusión.
Esta beca tiene como finalidad colaborar en el proyecto de investigación de la Unidad de divulgación de contenidos y difusión del Consejo de la Cultura Gallega.
Para solicitar la beca a que se refiere esta convocatoria es necesario, además de reunir los requisitos generales establecidos:
Poseer el título de licenciatura o grado en Ciencias de la Comunicación, Comunicación Audiovisual o titulaciones equivalentes.
Se valorarán como méritos:
Poseer experiencia en edición de textos, edición digital y audiovisual.
Poseer conocimientos de edición de página web.
Poseer conocimientos en diseño y gestión de bases de datos.
Poseer conocimientos de informática.
DURACIÓN:
Las becas finalizarán el 31 de julio de 2023 y tendrán una duración máxima de catorce meses.
ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
Certificación académica oficial completa (no extracto de expediente virtual), en que se hará constar la nota media del expediente académico de la titulación. Los titulados que accedieron a estudios de 2º ciclo desde una titulación de 1º ciclo deberán enviar, además, la certificación de ese 1º ciclo, igualmente con expresión de la nota media del expediente académico.
Documentación acreditativa de los requisitos específicos.
Certificado del Celga 4 o perfeccionamiento de la lengua gallega (original o copia debidamente cotejada), excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciado/a en Filología Gallega o grados equivalentes.
Relación de méritos puntuables de la persona solicitante de la beca, cubriendo el anexo VI de las bases reguladoras, junto con la documentación acreditativa de los requisitos específicos y méritos alegados.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario adjuntar los documentos que ya habían sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los mencionados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se habían podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación señalada será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. A estos efectos, se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente (hasta el 24 de junio de 2022).
DOTACIÓN:
La cuantía de las becas, por todos los conceptos, será de 1.100 euros mensuales.
Esta cantidad estará sujeta a las retenciones que proceden, de conformidad con lo establecido en el Real decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como al régimen de cotización establecido en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.xunta.gal