La Facultad de Bellas Artes de Cuenca convoca seis becas de colaboración destinadas al posado de modelo en vivo masculino y femenino, a las tareas del laboratorio de Sonido y Estudio de Radio, al control de las aulas de informática y el laboratorio de edición, a la colaboración con los técnicos de audiovisuales, la documentación de foto y vídeo, el mantenimiento de la Web de la Facultad y el control de las salas de exposiciones y la documentación de foto y vídeo.
BASES
REQUISITOS:
Estar matriculado/a o que realizarán la matrícula (en los plazos establecidos para ello) en enseñanza oficial de Grado en Bellas Artes de la Universidad de Castilla-La Mancha, en el curso 2020/2021, siendo necesario que el estudiante continúe con sus estudios durante el período de disfrute de la beca. A estos efectos, no podrán solicitarlas aquellas personas matriculadas en otras Universidades y que realicen estancias temporales en la UCLM sobre la base de programas nacionales o internacionales de movilidad.
No estar en posesión o en disposición legal de obtener un título Universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias, en el caso de tratarse de alumnos independientes económicamente. En el caso de los alumnos que no tengan independencia económica, la exigencia de dicho requisito se extenderá a todos los miembros que conformen la unidad familiar. A dichos efectos la presentación de la solicitud faculta a la UCLM a obtener los datos oportunos de la Agencia Tributaria.
No estar incurso en alguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de las correspondientes obligaciones.
No haber renunciado con anterioridad a una beca de colaboración de la UCLM sin causa justificada.
No se podrá disfrutar de esta beca cuando al solicitante se le haya anulado por impago la matrícula correspondiente a sus estudios en cursos anteriores.
INSCRIPCIÓN Y DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes, cuya presentación se ajustará a lo previsto en el derecho administrativo, deben ajustarse al modelo que figura como Anexo II de la convocatoria y estarán dirigidas al Decano de la Facultad.
Se presentarán en el registro auxiliar de la Facultad de Bellas Artes de Cuenca o por cualquier otro medio recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También se podrán presentar hasta el día 1 de octubre de 2020 mediante envío al correo electrónico bellasartes@uclm.es.
Junto a la solicitud se debe presentar la siguiente documentación:
Fotocopia D.N.I.
Curriculum Vitae.
Documentación justificativa de los méritos reflejados en CV. En su ausencia, no serán objeto de valoración.
Certificación académica personal expedida por la Secretaría del Centro Académico.
Fotocopia de la matrícula curso 2020/21.
Las comunicaciones derivadas de la gestión de la convocatoria se realizarán exclusivamente a la cuenta de correo electrónico institucional del estudiante en la Universidad de Castilla-La Mancha.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
Hasta el 2 de octubre a las 14:00 horas.
DOTACIÓN:
La dotación individual de cada una de las becas es de 448 euros brutos por mes completo. Los meses que no se complete el mes de beca, se abonará proporcionalmente. Estas ayudas no están exentas del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas. El tipo de retención a cuenta vendrá determinado por la cuantía de la beca, por las circunstancias personales y familiares del interesado y por el período de cobro de la citada beca.
CONDICIONES DE LA BECA:
En ningún caso las becas serán susceptibles de prórroga.
Los beneficiarios de las becas quedarán adscritos al Decanato de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de Castilla La Mancha, bajo la figura de un profesor tutor.
Su dedicación será de 21 horas semanales.
En ningún caso el disfrute de la beca de colaboración tendrá efectos jurídico-laborales entre el becario y la Universidad de Castilla-La Mancha y, en consecuencia, su concesión no implicará ningún tipo de relación contractual, laboral o administrativa, con la Universidad de Castilla-La Mancha, viniendo obligado el beneficiario a suscribir la oportuna declaración al respecto, antes de comenzar a percibir el importe de la beca.
Las becas, dado su carácter eminentemente colaborativo, quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación del RD 1493/2011 de 24 de octubre de 2011 (BOE de 27/10/2011), por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
Incorporarse al centro en la fecha establecida para el inicio de la beca.
Cumplir con aprovechamiento cada una de las tareas encomendadas.
Guardar secreto y mantener la integridad de todos los datos personales que, por razón de las tareas asociadas a la beca, tuviera que tratar. Por ningún motivo y bajo ninguna circunstancia, el becario podrá comunicar a terceros algún dato de carácter personal. Esa obligación subsiste aun después de finalizar la beca. El incumplimiento de esta obligación será motivo suficiente para la retirada de la beca y la aplicación de sanciones de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
La presentación de la solicitud supone la aceptación de todos los puntos de la presente convocatoria por parte del solicitante. Para los aspectos no contemplados expresamente en ella se estará a lo dispuesto en la normativa reguladora de las becas de colaboración de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobada en Consejo de Gobierno de la UCLM de fecha 26 de febrero de 2013 y modificaciones posteriores. Se aplicará además cualquier otra normativa que para esta materia resulte procedente.
Comunicar al órgano convocante cualquier causa de incompatibilidad sobrevenida durante el disfrute de la beca.
Antes de librar el importe correspondiente al último mes de colaboración, el becario, con el visto bueno de su tutor/a, deberá presentar una memoria de la colaboración
realizada o informe, que incluirá aquellas propuestas de mejora que se consideren necesarias para los ámbitos a los que se refiere la beca. En el caso de que el cese se produjera por cualquier causa antes del final del periodo de beca concedido, será necesario que aporte este informe en el último mes de estancia. La no presentación del informe podría conllevar el reintegro de la beca.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
https://bellasartes.uclm.es/