Beca para formación en proyectos editoriales y beca para proyectos de actividades públicas en el ámbito museístico 2021-2022

Envío de solicitudes hasta el 14 de octubre de 2021

Beca para la formación en documentación y gestión museográfica en el Área de Colecciones del Museo Reina Sofía

El Museo Reina Sofía convoca dos becas para la formación en la coordinación de proyectos editoriales en su Departamento de Actividades Editoriales y la coordinación de proyectos transversales en su Departamento de Actividades Públicas.

BASES

REQUISITOS:
Los solicitantes deberán cumplir y acreditar los siguientes requisitos:
Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
No podrán concurrir las personas que hubieran obtenido, en al menos tres ocasiones, anteriores becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía.
Cada solicitante solo podrá presentar solicitud para una clase de beca, como máximo. En el caso de que el mismo solicitante supere el límite señalado, sólo se tendrá en cuenta la última registrada, independientemente del tipo de beca, considerándose excluidas las restantes.
No podrán concurrir las personas incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

BECA PARA FORMACIÓN EN PROYECTOS EDITORIALES
Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados porel Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Haber finalizado dicha licenciatura o grado universitario en el año 2008 o posteriores.
Nivel medio de inglés (B, según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
Presentar, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en desarrollo de la beca.

BECA PARA PROYECTOS DE ACTIVIDADES PÚBLICAS
Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte o Comunicación Audiovisual. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Haber finalizado dicha licenciatura o grado universitario en el año 2008 o posteriores.
Nivel medio de inglés (B, según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
Presentar, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en desarrollo de la beca.

CONDICIONES DE LAS BECAS:
Las becas tendrán una duración de doce meses y sus beneficiarios contarán con el asesoramiento y orientación de un tutor del área correspondiente, quien será responsable del seguimiento y tutela de los mismos.
Entre las tareas a desempeñar no se incluirá ninguna que corresponda o se encuentre reservada a funcionarios o personal laboral.
El disfrute de una de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Asimismo, no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca con cargo al mismo presupuesto del organismo.

ENVÍO DE SOLICITUDES:
Las solicitudes se deberán cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en la dirección https://museoreinasofia.sede.gob.es.

Se ajustarán al formulario correspondiente a cada clase de beca que se publica en el Anexo de la resolución y se cumplimentarán enteramente en español. Deberán rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de forma verídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados ni acreditados no se calificarán.

El solicitante, con su firma en la propia solicitud, autoriza a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, circunstancias personales, de residencia y académicos necesarios para la resolución de la solicitud de la beca.

Las solicitudes deberán presentarse con la documentación que se detalla a continuación, en el idioma español o traducidas al mismo, cuando corresponda:
Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español.
Copia electrónica o digitalizada del Título universitario y de la Certificación Académica Personal, con validez oficial o del Suplemento al Título Europeo en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.
Copia electrónica o digitalizada de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.
Copia electrónica o digitalizada de las certificaciones indicadas en el currículum vitae del solicitante. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. Las acreditaciones de los cursos recibidos deberán indicar el número de horas lectivas. En cuanto a los méritos profesionales, deberá aportarse certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración Pública y el periodo temporal. En los demás casos, copia del contrato de trabajo y/o certificado expedido por la empresa correspondiente y, en todo caso, certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, se entregará copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.
Para los aspirantes nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, copia electrónica o digitalizada del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes o equivalente, requiriéndose como mínimo el nivel C1 del Marco Europeo Común de Referencia.
Declaración responsable del solicitante, en el apartado correspondiente del formulario de solicitud, de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones según lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.

PLAZO DE ENVÍO DE SOLICITUDES:
Hasta el 14 de octubre de 2021.

DOTACIÓN:
Las dos becas concedidas, por importe total de 40.000 euros y de 20.000 euros cada una de ellas, se sufragarán con cargo a la aplicación presupuestaria 24.302.333A.480.

Dicha cantidad será abonada en pagos mensuales vencidos durante su duración. Las cantidades correspondientes estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

No podrá realizarse el pago de la beca en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:
No tener adquirido ningún compromiso que le impida el cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.
Aceptar por escrito la beca concedida, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación de la orden de concesión. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá que renuncia a la misma y se concederá al suplente que figure en primer lugar en la propuesta de concesión.
Incorporarse al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el plazo establecido en la notificación de concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores objeto de la beca otorgada, cumpliendo un horario diario no inferior a cinco horas y media, de lunes a viernes, así como cumplir las normas generales y particulares del organismo.
Acreditar ante el organismo la realización de la actividad formativa mediante la presentación de los documentos previstos.
Guardar confidencialidad sobre la información de datos no publicados de los que tengan conocimiento en el desarrollo de la beca. Los derechos de propiedad intelectual que, en su caso, se deriven del resultado de la beca, serán titularidad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, si bien podrán ser utilizados por el becario con fines académicos mediante comunicación previa y autorización del responsable del Área en la que se desarrolla la beca.
Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, las de control financiero que corresponden la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas,a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.
No realizar, durante el desarrollo de la beca, ninguna actividad que impida el cumplimiento íntegro y continuado del objeto de esta, salvo expresa renuncia a la misma.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.museoreinasofia.es