Con motivo de la firma el 10 de septiembre de 2010 del Acuerdo entre el Museo Nacional del Prado y el Meadows Museum de Dallas, y su renovación el 10 de octubre de 2012, ambas instituciones ofrecen conjuntamente un programa de becas remuneradas, para estudiantes graduados, destinadas a la formación de los especialistas en historia del arte, en el Museo del Prado, y en el Meadows Museum. Los candidatos seleccionados por el Museo del Prado podrán disfrutar de dos semanas durante el desarrollo de la beca como personal invitado en el Meadows Museum en intercambio con el candidato o candidatos seleccionados por el Meadows Museum, a fin de brindar a las futuras generaciones de profesionales de museos la oportunidad de conocer los sistemas europeo y estadounidense, prepararse bajo la tutela de profesionales de ambos lados del Atlántico y tener acceso a las colecciones e instalaciones que refuercen sus conocimientos generales acerca del arte de cada institución.
BASES
OBJETO:
El objeto de las becas Meadows Museum – Museo Nacional del Prado es contribuir a la formación de investigadores y especialistas en las áreas de conservación de las colecciones del Museo Nacional del Prado entre los siglos XV-XVIII, ambos inclusive. Una beca se destinará a las colecciones de los siglos XV y XVI, y la segunda, a las colecciones del Barroco, siglos XVII-XVIII, en cualquier escuela representada en el Prado.
DURACIÓN Y CUANTÍA DE LAS AYUDAS:
De conformidad con los Acuerdos suscritos por ambas entidades anteriormente citados las becas tendrán una duración de doce meses. El Meadows Museum se encargará de financiar la cuantía global de las dos becas y las estancias de dos semanas de los becarios del Museo del Prado en el Meadows Museum.
La cuantía de las becas se fija en 18.000 euros cada una. Los candidatos seleccionados recibirán dicha cantidad del Museo del Prado en pagos mensuales vencidos durante su duración, estando sometidas a las retenciones establecidas por la legislación fiscal para las rentas de trabajo (Real Decreto 1775/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el
Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). El disfrute de una ayuda al amparo de esta convocatoria será incompatible con cualquier otra beca o ayuda financiada con fondos públicos o privados españoles o comunitarios, así como con sueldos o salarios que impliquen vinculación contractual o estatutaria del interesado, debiéndose reintegrar las cantidades indebidamente percibidas.
REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:
Tener la nacionalidad española o de algún otro Estado Miembro de la Unión Europea y de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, con un dominio del idioma español –hablado y escrito– que les permita desenvolverse satisfactoriamente en su entorno de trabajo.
Poseer la titulación universitaria exigida (de acuerdo con el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales) expedidas por Universidades españolas. Los títulos extranjeros equivalentes o los expedidos en centros españoles privados deberán estar homologados el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Haber finalizado los estudios conducentes a la obtención del título universitario exigido en el curso 2009-2010. En cuanto al plazo, se atenderá exclusivamente para el plazo indicado en cada caso la finalización de la licenciatura o grado, sin que se tenga en cuenta la fecha de finalización de los cursos de doctorado u otros estudios de postgrado.
Cumplir con la titulación y requisitos específicos del perfil indicado para cada beca en la cláusula quinta.
Estar al corriente de pago en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
No haber sido beneficiario con anterioridad a esta convocatoria, de la misma beca.
Quedan excluidos los funcionarios en activo a la fecha de finalización de plazo de presentación de solicitudes. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS, y Título Preliminar, capítulo III, sección 3.ª del RLGS, lo que se acreditará mediante declaración recogida en el apartado V del Anexo I, o formulario de solicitud correspondiente a esta convocatoria.
REQUISITOS ESPECÍFICOS DE LOS SOLICITANTES:
Titulación: Licenciatura o grado en Historia del Arte.
Formación específica en el campo de la especialidad solicitada: Formación específica en Arte europeo de los siglos XV a XVIII y en Museografía y museología.
Dominio hablado y escrito del inglés y de una segunda lengua entre alemán, italiano, francés y portugués, indicándolo en la parte correspondiente del anexo.
SOLICITUDES:
La solicitud deberá ajustarse al modelo que se publica como Anexo I de la presente resolución para cada beca. Este modelo podrá obtenerse en la página web del Museo del Prado: htpps://www.museodelprado.es/empleolicitaciones/becas. Las solicitudes deberán ser cumplimentadas en español, en todos sus apartados, y de forma verídica. Los datos no aportados, no serán tenidos en cuenta a efectos de valoración.
Los solicitantes deberán acompañar a la solicitud de la siguiente documentación completa o en español, o traducida a la misma cuando corresponda:
Copia compulsada del DNI y del NIF del solicitante, o del pasaporte en vigor. Los solicitantes extranjeros deberán presentar copia del documento de identidad personal, expedido por la autoridad competente del país, que acredite su nacionalidad o del que reglamentariamente lo sustituya.
Copia de la certificación académica original, expedida por la universidad, con indicación de los estudios realizados, donde conste expresamente la nota media obtenida.
Copia de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el caso de títulos extranjeros o expedidos en centros españoles privados.
Documentación justificativa de los méritos alegados en la solicitud. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados.
Dos cartas de presentación firmadas por profesores en activo que hayan impartido clase a los solicitantes de la beca. También se aceptará que una de estas dos cartas esté firmada por un conservador de museo, excluidos el Museo del Prado y el Meadows Museum.
Carta de motivación en la que se exprese el interés por la beca y resultados que se esperan obtener durante la estancia una extensión máxima de 300 palabras (doble espacio).
Copia de la acreditación o en su defecto, declaración firmada del dominio de la lengua oficial española hablado y escrito, para los solicitantes extranjeros.
Documentos acreditativos de estar al corriente de pago en sus obligaciones
tributarias y de Seguridad Social, o mediante la cumplimentación de un escrito de compromiso de aportación de dichos documentos en caso de resultar beneficiario, recogido en apartado V del anexo I a esta convocatoria.
Documento original del certificado de residencia fiscal para los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español, emitido por las autoridades competentes en el país de residencia.
Declaración responsable del solicitante –en el apartado V del anexo I– de no encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición establecidas en el artículo 13 de la LGS y en el artículo 25 del RLGS, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Fotografía reciente tipo pasaporte con el nombre y apellidos al dorso.
Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
La presentación de solicitudes se realizará en soporte papel en el Registro del Organismo Público Museo Nacional del Prado, calle Ruiz de Alarcón, número 23, planta baja de Madrid, horario de lunes a viernes de 9.00 a 14.00 h, cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Las solicitudes por correo electrónico no serán aceptadas.
Si se realiza el envío por correo postal, éste deberá ser certificado, se presentará en la oficina de correos en sobre abierto para que la solicitud sea fechada y sellada antes de su certificación.
Los solicitantes que presenten su solicitud en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, deberán adelantar al Museo del Prado, la solicitud completa con el sello acreditativo de la fecha de presentación, por correo electrónico a: registro.general@museodelprado.es. Todas las solicitudes deberán ir dirigidas al Director del Museo Nacional del Prado, Museo Nacional del Prado, calle Ruiz de Alarcón, 23. 28014 Madrid.
Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la cláusula cuarta, que hayan presentado solicitud fuera de plazo o incumplan los términos formales de presentación señalados en párrafos anteriores y siguientes.
En el caso de que la documentación sea original y se solicite su retirada por alguno de los aspirantes que no hayan resultado elegidos, se establecerá un plazo de recogida una vez resueltas las becas. En todo caso, se hará entrega previa firma de un recibo que acredite la devolución.
PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Las solicitudes se presentarán, en el plazo de quince días hábiles (15) a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Finalizado el plazo, y una vez hayan sido objeto de examen a efectos de comprobación de los requisitos de fondo y forma exigidos en la resolución de la convocatoria, se hará pública en la web del Museo, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso de evaluación. En el caso de los excluidos por no reunir alguno de los requisitos exigidos, se indicarán las causas y tendrán un plazo de diez días a contar a partir del siguiente a la publicación de dicha lista, para subsanar las faltas o remitir la documentación requerida. Si en dicho plazo, no se produce la subsanación, se les tendrá por desistidos de su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42.1 y 71.1 de la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre.
DOTACIÓN ECONÓMICA:
La dotación económica de estas becas es de 1.500,00 euros brutos mensuales. El importe de las becas se abonará a mes vencido previo informe favorable del responsable, en forma proporcional al tiempo efectivo de disfrute de la beca. En todos los pagos se efectuarán las correspondientes retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento) y de la Seguridad Social (Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre).
No podrá realizarse el pago de la beca en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 34.5 de la LGS, o es deudor por reintegro de subvenciones.
No se exigirá a los beneficiarios de estas becas la constitución de garantías.
OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS:
Los becarios, por serlo, aceptan en todos sus términos el contenido de la presente convocatoria y el resultado de la misma, así como cumplir las siguientes obligaciones:
Incorporarse al Museo en el plazo establecido en la notificación de la concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores de formación, realizando un horario de seis horas, de lunes a viernes, según las instrucciones del centro directivo, así como cumplir las normas generales y particulares del centro, de acuerdo con el calendario y programa de formación previstos y las instrucciones del responsable de dicho centro, o tutor del becario.
Someterse a las actuaciones de comprobación financiera que efectúe la Intervención General del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.
PARA MÁS INFORMACIÓN: