El Vicerrectorado de Cultura y Deporte de la Universidad de Valencia convoca las ayudas Emergents 2019 a proyectos de creatividad, innovación e inclusión sociocultural. Su objetivo es apoyar las intervenciones socioculturales que se efectúen en la ciudad de Valencia a través de proyectos de innovación artística o sociocultural que planteen y desarrollen estrategias y experiencias de inclusión social y de dinamización de espacios sociales y urbanos.
BASES
REQUISITOS:
Personas jóvenes de 18 a 35 años, entidades y colectivos, en los que al menos el 50 % de los miembros deberán tener las edades mencionadas. La fecha que se tendrá en cuenta para valorar si el participante reúne el requisito de la edad para participar en el Programa de ayudas será la de finalización del plazo de presentación de proyectos.
INSCRIPCIÓN Y DOCUMENTACIÓN:
La solicitud se realizará cumplimentado el formulario de la convocatoria en https://webges.uv.es.
Deberá ser acompañada de la siguiente documentación:
Fotocopia del NIF de la entidad o asociación o, en su caso, el DNI de todos los solicitantes, en el caso de agrupación de personas o colectivos.
Memoria de las actividades realizadas por la entidad o asociación solicitante o, en su defecto, currículum de las personas físicas.
Memoria técnica del proyecto a desarrollar, con información detallada de la misma y documentación complementaria que se considere oportuno aportar.
Declaración responsable firmada por todos los solicitantes, según modelo normalizado, en la que se acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.
PLAZO DE INSCRIPCIÓN:
Hasta el 7 de marzo de 2019.
DOTACIÓN:
El importe total máximo de las ayudas a conceder asciende a 30.000 euros. Las ayudas otorgadas no superarán los 4.000 euros por proyecto. La cantidad de las ayudas que se resuelvan conceder podrá ser inferior a la solicitada por la persona o entidad solicitante cuando la comisión de evaluación indique las razones en su propuesta de resolución. Asimismo, en el caso de que los importes de las solicitudes de las personas o entidades que cumplan los requisitos y, que sean seleccionadas supere el importe máximo de las ayudas, se podrá proceder al prorrateo del importe entre ellas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En este supuesto se podrá instar al o la beneficiaria a la reformulación de su solicitud, para ajustar los compromisos y condiciones a la ayuda otorgada.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.dogv.gva.es