Dos Ayudas a Proyectos Artísticos Alfons Roig 2014

Convocadas por la Diputación Provincial de Valencia

prop_alfonsroig_ayudas

La Diputación de Valencia convoca concurso para la adjudicación de dos ayudas “ALFONS ROIG” a proyectos artísticos “ALFONS ROIG”, con el objetivo de incidir específicamente en la formación de los artistas de nuestra provincia para que alcancen un nivel artístico de primer orden, permitiendo su formación tanto en España como en el extranjero.

 

BASES

OBJETO:

Son objeto de la presente convocatoria las siguientes ayudas:

Ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España.

Ayuda destinada a artistas que prevea desarrollar su formación en el extranjero.

Cada una de estas dos Ayudas tendrá por objeto la realización de un proyecto de investigación, individual o colectivo, por parte de artistas de la provincia de Valencia, en cualquiera de las siguientes disciplinas: pintura, escultura, dibujo, fotografía, audiovisuales, técnicas digitales y diseño.

Cuando sea una obra colectiva, se designará un representante, y en su defecto, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el autor que figure en primer término. Los centros donde se desarrolle el proyecto deberán ser de público prestigio y reconocimiento.

REQUISITOS:

Las ayudas se concederán mediante concurso público, entre los diversos aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:

Haber nacido o haber residido al menos durante tres años en la Provincia de Valencia, o haber estudiado durante al menos dos años en alguna de las universidades de la provincia de Valencia. En caso de presentarse proyectos en equipo, este requisito se exigirá a la mayoría de los miembros del equipo.

Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Grado de Bellas Artes, Grado de Diseño, Grado de Historia del Arte, Grado de Comunicación Audiovisual, o Título Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico en Artes Plásticas y Diseño, o titulación homologada.

Tener menos de 40 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

SOLICITUDES:

Los aspirantes al Concurso solicitarán individualmente su inclusión en el mismo mediante instancia dirigida al Excmo. Se. Presidente de la Diputación de Valencia, según modelo que figura en el Anexo a las presentes bases y en www.dival.es/cultura, adjuntándose la documentación que se expresa a continuación:

Fotocopia compulsada del D.N.I.

Fotocopia compulsada del expediente académico, en el que figure la fecha de expedición del título.

Certificado de Empadronamiento durante al menos tres años en un municipio de la provincia de Valencia, o certificado de haber cursado estudios presenciales en un centro universitario radicado en la Provincia de Valencia durante dos cursos académicos. No será necesaria su aportación cuando en el DNI figure el nacimiento en la provincia de Valencia, o esté expedido hace más de tres años y en él figure un domicilio en la provincia de Valencia, o cuando en el expediente académico aparezca claramente que dos anualidades han sido cursadas en una Universidad radicada en la provincia de Valencia.

En caso de presentarse proyectos en equipo, la documentación a que se refiere este punto deberá presentarse respecto de la mayoría de los miembros del equipo.

Currículum vitae del solicitante, en el que se incluya mención a su experiencia como artista (exposiciones realizadas, obras, premios, becas…), estudios realizados, actividades profesionales, etc., y de 8 a 15 fotografías de la obra reciente del autor.

Una breve memoria del trabajo a realizar, en la que se describan los objetivos que se persiguen con el proyecto, el plan de desarrollo del trabajo incluyendo sus fases temporales, las razones que justifican acometerlo, y quienes se desplacen al extranjero el centro donde se desea desarrollar la beca. Su extensión máxima será de 3 folios.

La presentación de la solicitud de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de estar al corriente en el pago de sus obligaciones, como requisito imprescindible para obtener la condición de beneficiario.

En los supuestos en los que por cualquier circunstancia el certificado no sea positivo, se requerirá al solicitante para que lo aporte, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación, sito en la Calle Serranos, nº 2, de Valencia 46003, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente del de la publicación del anuncio de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo presentarse las solicitudes hasta el día 31 de julio de 2014 inclusive.

ADMISIÓN:

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos o excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web www.dival.es/cultura, con indicación de las causas de exclusión.

El plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones será de diez días a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, así mismo, en la forma indicada.

En el caso de que no haya deficiencias a subsanar por los solicitantes, la publicación podrá contener la lista provisional de admitidos y la valoración de la primera fase del concurso realizada por el Tribunal. Del mismo modo, la publicación de la lista definitiva resolviendo las reclamaciones podrá contener la valoración de la primera fase del concurso realizada por el Tribunal. Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del particular.

TRIBUNAL:

Para la valoración de los méritos de los solicitantes, se constituirá un Tribunal integrado por:

Presidente: El Presidente de la Diputación, y por delegación, la Diputada de Cultura.

Vocales: Cinco especialistas o profesionales con méritos reconocidos en el campo de las artes plásticas y visuales.

Secretario: El Secretario General de la Diputación, o funcionario en quien delegue.

MÉRITOS A VALORAR:

La valoración se realizará por el Tribunal en dos fases.

En la primera fase, se seleccionarán los proyectos de cada una de las ayudas que hayan obtenido mejor puntuación, en base a los méritos siguientes:

Titulación, hasta un máximo de 2 puntos: Con arreglo a la siguiente escala:

Por cada titulación de Formación Profesional de Grado Medio: 1 punto

Por cada titulación de Formación Profesional de Grado Superior: 1,5 puntos

Por poseer una titulación de Grado universitario: 2 puntos.

Memoria del trabajo a realizar: De 1 a 5 puntos. En ella, se valorarán los siguientes apartados:

Interés del proyecto, tanto objetivo como para la formación del artista: 2 puntos.

Innovación y originalidad: 1,5 puntos.

Complejidad: 1,5 puntos.

Currículum profesional y trabajos similares realizados con anterioridad: De 1 a 3 puntos.

DOTACIÓN ECONÓMICA Y FORMA DE PAGO:

La dotación económica de las ayudas será la suma de la parte fija y de la parte variable:

La parte fija para la ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España es de 6.000 euros.

La parte fija para la ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en el extranjero es de 12.000 euros.

La parte variable, por importe de otros 18.000 € la distribuirá el tribunal entre los dos ganadores. Dicha distribución, que deberá ser motivada y dejarse debida constancia en el expediente, deberá basarse en las características de los proyectos galardonados. En defecto de acuerdo expreso, la parte variable destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España será de 6.000 € y la de la beca destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en el extranjero será de 12.000 euros.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN Y SOLICITUDES:

Bop.dival.es