Se abre convocatoria para la provisión de dos plazas de Animador/a Sociocultural, encuadradas en la plantilla de personal laboral indefinido del Ayuntamiento de Oviedo, cuyas funciones a desarrollar serán las propias de su categoría profesional para el desarrollo de los diferentes programas y proyectos establecidos en el Ayuntamiento de Oviedo.
Se confeccionará también una bolsa de trabajo, de la que formarán parte quienes superen el proceso selectivo y no hayan obtenido plaza de laboral indefinido. La posición en dicha bolsa se determinará por el orden de puntuación obtenida en el proceso de selección. La Bolsa tendrá una vigencia que se extenderá desde su constitución hasta que se celebre un nuevo proceso selectivo para plazas de similares características o hasta que, por el tiempo transcurrido u otras circunstancias debidamente motivadas contrarias a la finalidad de su creación, la Corporación acuerde su extinción.
BASES
SISTEMA DE SELECCIÓN:
Concurso-oposición libre.
REQUISITOS:
Bachiller superior, FP2, Ciclo Formativo de Grado superior, prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años o equivalente.
DERECHOS DE PARTICIPACIÓN:
19,25 euros, a ingresar en la cuenta ES86 2048 0135 023400018162.
PLAZO DE SOLICITUDES:
20 días naturales, contados a partir del siguiente hábil a aquel en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (hasta el 30 de enero).
DOCUMENTACIÓN:
La instancia cumplimentada se acompañará de:
Fotocopia del DNI.
Documento acreditativo de haber abonado los derechos de participación en las pruebas selectivas que respectivamente se señalan en el anexo correspondiente).
Estarán exentos de pago de los derechos de examen:
Quienes se encuentren en situación de desempleo total (no demandante con mejora de empleo) con una antigüedad mínima de 6 meses consecutivos inmediatamente anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias y que no hayan percibido prestación económica alguna durante ese mismo período, lo cual deberán acreditar con certificación expedida por los organismos competentes en la materia.
Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, que acreditarán acompañando a su solicitud copia compulsada de certificación del reconocimiento de discapacidad del Organismo autonómico competente en dicha materia.
Los documentos fehacientes acreditativos de los méritos que se aleguen (originales o fotocopias compulsadas) si se trata de Concurso o Concurso-Oposición, en relación con los Baremos que figuran en los respectivos Anexos, y “Curriculum Vitae”, donde se exija. El Tribunal decidirá sobre la suficiencia de los documentos. En todo caso cuando se trate de acreditar experiencia profesional, además de la documentación que el aspirante considere oportuna, deberá adjuntar informe de vida Laboral emitido por la tesorería de la seguridad social.
PARA MÁS INFORMACIÓN: