Se convoca proceso selectivo para el ingreso, mediante turno libre, como personal laboral fijo de los grupos profesionales 1, 2, 3 y 4 del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional.
Las plazas ofertadas y las titulaciones requeridas son las siguientes:
1 Titulado superior. Título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto, Grado, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 Titulados de grado medio. Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Grado o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
3 Jefes de negociado. Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 encargado de mantenimiento. Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil, de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica, de la Familia Profesional Fabricación Mecánica o de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 encargado de carpintería. Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Madera, Mueble y Corcho, o equivalentes, reconocidos por la normativa vigente.
2 encargados de Servicios Generales. Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 conductor. Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente, y permiso de conducir de las clases B, C-1 y C.
2 guías intérpretes (Inglés). Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 guías intérpretes (Francés). Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 oficial administrativo. Título de Bachillerato, Bachillerato Unificado Polivalente o Formación Profesional de Técnico Superior o Técnico Especialista, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
3 oficiales de oficios (electricidad). Técnico Superior en Sistemas Electrotécnicos y Automatizados o en Instalaciones Electrotécnicas, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 oficiales de oficios (cerrajería). Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Fabricación Mecánica, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 oficiales de oficios (fontanería). Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos o en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 oficiales de oficios (calefacción). Técnico Superior en Mantenimiento de Instalaciones Térmicas y de Fluidos o en Mantenimiento y Montaje de Instalaciones de Edificio y Proceso, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
2 oficiales de oficios (carpintería). Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Madera, Mueble y Corcho, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
3 oficiales de oficios (jardinería). Técnico Superior en Paisajismo y Medio Rural, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 oficial de oficios (laboratorio fotográfico). Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional de Imagen y Sonido, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
3 oficiales de oficios (oficios varios). Cualquier título de Técnico Superior de la Familia Profesional Agraria, de la Familia Profesional Edificación y Obra Civil, de la Familia Profesional de Electricidad y Electrónica, de la Familia Profesional Fabricación Mecánica o de la Familia Profesional Instalación y Mantenimiento, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
1 auxiliar administrativo. Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Educación General Básica o Formación Profesional de Técnico o Técnico Auxiliar, o equivalentes reconocidos por la normativa vigente.
REQUISITOS GENERALES:
Tener la nacionalidad española, ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea o cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, que vivan a su cargo menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes. También las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, y las personas extranjeras que se encuentren con residencia legal en España.
Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Será requisito para el acceso y ejercicio de cualesquiera profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con personas menores de edad el no haber sido condenado por sentencia firme por cualquier delito contra la libertad e indemnidad sexuales tipificados en el título VIII de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito de trata de seres humanos tipificado en el título VII bis del Código Penal. A tal efecto, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar esta circunstancia mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
Las solicitudes deberán cumplimentarse en el modelo electrónico oficial al que se accederá a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL:
https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias.
La presentación de la solicitud se realizará haciendo uso del servicio Inscripción de Pruebas Selectivas en el Punto de Acceso General (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias) siguiendo las instrucciones que se indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades. La presentación por esta vía permitirá:
La inscripción en línea del modelo oficial.
Adjuntar documentos a la solicitud.
El pago electrónico de las tasas.
El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas del punto de acceso general (https://ips.redsara.es/IPSC/secure/buscarConvocatorias) en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo. La constancia de correcto pago de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del
Estado (hasta el 25 de enero de 2024). La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.
PROCESO SELECTIVO:
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición. El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará en el plazo máximo de tres meses desde la publicación de la convocatoria, debiendo finalizar ésta, con carácter general, en el plazo máximo de nueve meses desde la publicación de la misma en el BOE.
Desde la total conclusión de una prueba hasta el comienzo de la siguiente el plazo máximo a transcurrir será de 45 días naturales.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.patrimonionacional.es