El Instituto Cervantes viene desarrollando un programa de becas de formación para contribuir a la formación de especialistas en la promoción de la enseñanza, el estudio, el uso de la lengua y de la cultura española e hispanoamericana en el exterior; la adquisición de conocimientos prácticos en sistemas de información, de gestión, de difusión y gestión cultural, incluidas las de carácter administrativo y de asesoramiento jurídico; así como la investigación en las actividades y materias que desarrolla el Instituto Cervantes.
Los beneficiarios de las becas de formación contarán con la orientación, formación y seguimiento de un/a tutor/a perteneciente al área correspondiente de la institución. A tal efecto, se contará con un Plan de Formación que será de aplicación al personal becario durante el disfrute de sus becas, que será elaborado por el área en el que la persona becaria desarrolle su formación. Las becas se desarrollarán en las sedes del Instituto Cervantes de Madrid y/o de Alcalá de Henares (Madrid).
BASES
DURACIÓN:
Las becas comenzarán desde la incorporación de las personas becarias tras la notificación de la resolución de concesión de las mismas, y tendrán una duración de doce meses naturales, pudiendo ser prorrogadas por otros doce meses más, previo informe favorable de la dirección de área competente, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria en el correspondiente ejercicio.
MODALIDADES:
Dirección de Administración:
Contabilidad y Tesorería: dos becas.
Gestión Económica: una beca.
Contratación y Gestión Patrimonial: una beca.
Archivo: una beca.
Subdirección de Presupuestos y Control de Gestión:
Presupuestos y Control de Gestión: una beca.
Dirección Académica:
Hispanismo: una beca.
Certificación y Acreditación: dos becas.
Formación de profesores: dos becas.
Ordenación y proyectos académicos: una beca.
Ordenación y proyectos académicos/Certificación y acreditación: una beca.
Gabinete Técnico de la Secretaría General:
Gestión Comercial y Marketing: dos becas.
Comercio Electrónico y Marketing de Productos y Servicios en Línea: una beca.
Precios y Seguimiento de ventas: una beca.
Dirección de Recursos Humanos:
Gestión de Personal: una beca.
Selección e Inspección: una beca.
Relaciones Colectivas: una beca.
Dirección de Cultura:
Gestión y Comunicación de Actividades Culturales: una beca.
Gestión Cultural Multidisciplinar: dos becas.
Documentación de la Actividad Cultural: una beca.
Biblioteca y Documentación: una beca.
Gabinete de Dirección y Comunicación Institucional:
Asuntos Institucionales y Externos: una beca.
Relaciones Institucionales y Gestión de Actividades: dos becas.
Producción Audiovisual: una beca.
Redacción y Contenido Digital: una beca.
Dirección de Transformación y Comunicación Digital:
Edición Digital: cuatro becas.
Medios Sociales: una beca.
Análisis Web: una beca.
Asesoría Jurídica: una beca.
Dirección de Relaciones Internacionales:
Relaciones Internacionales: una beca.
REQUISITOS:
De acuerdo con lo dispuesto en las bases reguladoras de concesión de becas del Instituto Cervantes, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
Poseer plena capacidad de obrar.
Poseer la nacionalidad española o la de un país miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
Dominio del idioma español. Los candidatos que no tengan nacionalidad española deberán poseer el Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE) C1 o un Certificado del Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española SIELE, con una puntuación total de un mínimo de 800 puntos.
Estar en posesión o en condiciones de obtener, el último día del plazo de presentación de la solicitud de las becas, el título universitario de Grado, o en su caso, el título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero en las materias y especialidades relacionadas con las becas objeto de esta convocatoria. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar homologados o reconocidos por la autoridad competente de España y producir plenos efectos jurídicos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Haber terminado los estudios conducentes a la obtención del título requerido en los cinco cursos académicos anteriores al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
Estar en posesión de los demás títulos académicos y contar con los conocimientos que para cada beca se especifican en la convocatoria.
No estar incurso en alguna de las prohibiciones a que se refiere el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
No haber sido beneficiario/a con anterioridad de una beca concedida por el Instituto Cervantes, de duración superior a un año.
Además, la persona beneficiaria deberá cumplir los requisitos específicos que se recogen en el anexo I de las bases para cada una de las becas.
ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
La presentación de solicitudes se formalizará en el modelo que figura como anexo II de las bases, disponible en la sede electrónica del Instituto Cervantes.
Se presentará una solicitud individualizada por cada una de las becas a la que se presente la persona aspirante.
Las solicitudes irán acompañadas de la siguiente documentación:
Copia del Documento Nacional de Identidad o pasaporte.
Copia del título académico exigido y certificado del expediente académico. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, declaración de equivalencia, expedidos por la autoridad española competente.
En el caso de personas candidatas que no posean la nacionalidad española, deberán acreditar poseer un Diploma de Español como Lengua Extranjera DELE de nivel B2 o el Certificado del Servicio Internacional de Evaluación de la Lengua Española SIELE con una puntuación total de un mínimo de 800 puntos.
Curriculum vitae, con una extensión máxima de tres folios, acompañando copia de los documentos acreditativos de los requisitos específicos.
Resumen de los méritos académicos (anexo II) y copia de los documentos acreditativos de los mismos.
En el caso de las certificaciones acreditativas de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, la presentación de la solicitud conllevará la autorización de la persona solicitante para que el Instituto Cervantes obtenga éstas de forma directa, a través de certificados telemáticos. No obstante, la persona solicitante podrá oponerse motivadamente, debiendo aportar entonces las certificaciones indicadas.
Declaración, marcando la casilla correspondiente al efecto indicada en el anexo II, de poseer capacidad funcional para el desempeño de la beca, así como declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Dirección de correo electrónico a efectos de comunicaciones.
Las solicitudes de las becas, junto con la documentación a que se refiere el punto anterior y la acreditativa de los requisitos específicos de cada beca solicitada, que se detallan en el anexo I, se dirigirán a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Cervantes, pudiéndose presentar en el Registro General de la sede central:
Oficina de Información y Registro – A/A Dpto. de Selección e Inspección
C/ Alcalá, 49
28014 MADRID
O en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como a través de la sede electrónica del Instituto Cervantes: https://cervantes.sede.gob.es/
PLAZO DE SOLICITUD:
Hasta el 4 de agosto de 2025.
DOTACIÓN:
La cuantía de las becas de formación por beneficiario será de 1.000 euros brutos mensuales, que se abonarán por meses vencidos y a los que se aplicarán los descuentos y las retenciones legales vigentes, incluidas las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan.
CRITERIOS DE VALORACIÓN:
El proceso de evaluación y selección de las solicitudes que opten a las becas de formación constará de dos fases eliminatorias, una primera relativa a la valoración académica y una segunda para aquellas quince personas por beca con mayor puntuación, que consistirá en una entrevista personal por parte de la comisión de valoración.
La evaluación y selección de las solicitudes, en la primera fase del proceso, se realizará teniendo en cuenta los siguientes méritos, en función de la beca solicitada:
Expediente Académico: hasta un máximo de cuatro puntos.
Idiomas: hasta un máximo de dos puntos.
Otros méritos expuestos en el currículum vitae y acreditados documentalmente (Máster, doctorado, cursos, etc.) relacionados con el objeto de la beca solicitada: hasta un máximo de cuatro puntos.
La evaluación y selección de las solicitudes, en la segunda fase del proceso para cada beca, se hará mediante una preselección de solicitantes y se convocará a las quince personas con mayor puntuación a una entrevista personal que permita comprobar su preparación en la materia. Si alguna o algunas de las personas convocadas renunciara a la entrevista, se convocará al siguiente o siguientes personas aspirantes, por orden de puntuación. Esta entrevista se valorará con un máximo de diez puntos, siendo necesario un mínimo de cinco puntos para superarla.
Se adjudicará la beca a la persona candidata que mejor calificación haya obtenido de la suma de las dos evaluaciones. Se creará una lista de reserva por cada una de las becas con las personas candidatas aptas ordenadas según los resultados de las fases del proceso.
PARA MÁS INFORMACIÓN:
https://cervantes.org/