Ayudas para la movilidad destinadas a creadores, gestores, promotores y profesionales iberoamericanos de la cultura

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Convocadas por la Organización de Estados Iberoamericanos

Madrid, hasta el 28 de agosto de 2011

La Organización de Estados iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI), desea contribuir a la construcción de un espacio cultural iberoamericano favoreciendo el intercambio entre profesionales iberoamericanos de la cultura.

Para ello, se lanza la segunda convocatoria de ayudas a la movilidad para creadores, gestores, promotores y profesionales iberoamericanos de la cultura que quieran enriquecer su trabajo mediante el conocimiento de otros contextos profesionales que permitan el intercambio en los diferentes ámbitos culturales de Iberoamérica.

En esta edición se pretende fortalecer el trabajo que están desarrollando las instituciones públicas y por ello estará dirigido a todas aquellas personas que trabajen en instituciones públicas (de ámbito local, regional o nacional).

Este proyecto quiere contribuir a estimular la construcción de una cultura de paz, centrada en el intercambio, en el diálogo intercultural y la cooperación, favoreciendo un mejor conocimiento de las diferentes realidades culturales iberoamericanas. Se dará la oportunidad de crear nuevos proyectos o fortalecer aquellos que ya estén en marcha; se apoyarán los intercambios y la puesta en marcha de proyectos conjuntos entre instituciones o profesionales de diferentes ámbitos y países.

Teniendo en cuenta la declaración de la Naciones Unidades del 2011 como el año Internacional de los Afrodescendientes, se valorarán positivamente aquellos proyectos que pongan en valor las diferentes manifestaciones culturales y artísticas desarrolladas por las comunidades afrodescendientes en Iberoamérica.

Para la puesta en marcha de esta convocatoria la OEI cuenta desde el inicio con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID).

Beneficiarios:

Podrán participar en esta convocatoria todas aquellas personas de cualquier nacionalidad de Iberoamérica que vayan a realizar actividades encaminadas al desarrollo de proyectos culturales.

Los beneficiarios, por el solo hecho de solicitar estas ayudas, se comprometen a aceptar el contenido de esta convocatoria y el resultado de la misma, así como la obligación de realizar la actividad que fundamenta la concesión de la ayuda en las fechas establecidas, sin que exista cambio ni modificación alguna del objeto o de la finalidad para la que se concedió.

En cualquier caso, toda incidencia que suponga modificación del programa inicial de la actividad o actividades deberá estar autorizada previamente por la OEI.

Los beneficiarios deberán aceptar la ayuda concedida mediante carta de aceptación a la dirección y plazo que les sean indicados.

Los beneficiarios quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento y evaluación que efectúe la OEI.

Presentación de solicitudes y plazos:

Las solicitudes se realizarán a través de la página web

http://www.oei.es/movilidad/formulario.htm

En este espacio se deberá cumplimentar, en idioma español o portugués de forma completa y verídica toda la información solicitada en el formulario. Una vez completados los datos, se activará un espacio donde se deberá adjuntar la siguiente documentación:

– Currículum Vítae actualizado. (Máximo dos páginas)

– Memoria justificativa y cronograma que detalle la actividad o actividades a realizar y la finalidad para la que se solicita la ayuda. (Máximo dos páginas)

– Carta de invitación y/ o aceptación y persona de referencia de la institución en la que desarrollará la movilidad.

La fecha límite de presentación de solicitudes será el 28 de agosto.

Subsanación de errores:

Si la solicitud no reuniera los requisitos anteriormente citados o estuviera incompleta, no se admitirán.

Sin perjuicio de lo anterior, en cualquier momento a lo largo del procedimiento podrá instarse a la persona solicitante para que cumplimente cualquier otro requisito o trámite necesario. De no ser así, se podrá rechazar la solicitud.

La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la memoria, podrá comportar la denegación de la ayuda solicitada.

Instrucción del procedimiento:

La concesión de las ayudas se efectúa mediante un régimen de concurrencia competitiva. El órgano competente para la instrucción del procedimiento es el Comité Técnico y le corresponde realizar las actuaciones necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de Resolución.

El Comité Técnico podrá solicitar la asistencia de instituciones o expertos en estos ámbitos que no podrán hallarse vinculados a los beneficiarios de las ayudas.

 


Criterios objetivos de valoración:

El Comité Técnico realizará la evaluación de las solicitudes presentadas atendiendo a:

– La adecuación de la actividad proyectada al logro de las finalidades previstas en la convocatoria. (Hasta 2 puntos).

– Calidad, viabilidad e innovación del proyecto o actividad. (Hasta 2 puntos)

– La incidencia en la creación de redes estables de colaboración (1 punto)

– El desarrollo de proyectos enmarcados dentro de alguno de los 12 ámbitos de aplicación de la Carta Cultural Iberoamericana. ( 1 puntos)

– La necesidad de movilidad del proyecto presentado. (hasta 2 puntos)

Resolución del procedimiento:

El órgano competente para la resolución del procedimiento, con la consiguiente concesión o denegación de las ayudas, es la OEI. Las resoluciones serán publicadas en el plazo máximo de tres dos meses, contados desde la fecha de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

La cuantía concedida sólo será aplicable a los gastos generados por la realización de las actividades que fundamentan la subvención. La ayuda concedida en esta convocatoria podrá ser compatible con otras ayudas que tengan la misma finalidad, siempre que el importe, en ningún caso sea de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, supere el coste de la actividad realizada.

Pago:

Las ayudas concedidas serán para el financiamiento del viaje y las dietas correspondientes, hasta un máximo de 45 días. También se concederán 150 dólares para gastos excepcionales y se pagará un seguro de viaje a cada uno de los beneficiarios de las ayudas.

El pago se realizará mediante transferencia bancaria, previa recepción de una carta de aceptación por parte del beneficiario, quedando desde ese momento sometido el beneficiario a los plazos, formas de justificación y obligaciones que se establecen en esta Resolución.

Se abonará el 70 % del importe de la ayuda al comienzo del proyecto y el 30% restante a su finalización, una vez presentada la memoria explicativa del mismo.

Justificación:

Dentro de los tres meses siguientes a la finalización de las actividades subvencionadas, el beneficiario deberá justificar que la ayuda se aplica a la actividad o proyecto para la que se concede, a cuyos efectos deberá presentar una memoria explicativa, en idioma español o portugués que acredite y exponga el cumplimiento de la finalidad para la que la ayuda fue concedida y de las condiciones impuestas, en su caso, con motivo de la concesión.

De no ser presentada esta memoria, según modelo proporcionado por la OEI, no se realizará el segundo pago del 30% de la ayuda.

Para más información y formulario de solicitud:

www.oie.es


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