Ayudas del Programa IBEREX de prácticas formativas para jóvenes profesionales iberoamericanos del sector cultural

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Convocatoria abierta hasta el 15 de abril

Madrid, hasta el 15 de abril de 2013

La Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro del Ministerio de Cultura convoca ayudas para la participación de jóvenes profesionales iberoamericanos del sector cultural, en régimen de concurrencia competitiva, en los diferentes programas, organizados como prácticas formativas de carácter no reglado, que se imparten en formato de cursos y estancias por los organismos especializados y unidades sectoriales del Ministerio de Educación Cultura y Deporte, según relación que figura en el anexo I de la presente resolución.

 

BASES

 

Imputación presupuestaria:

Las ayudas convocadas, por importe máximo de ochenta mil euros, se imputarán a los créditos en la aplicación presupuestaria 18.13.144A.48501 del Presupuesto de Gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para 2013.

De acuerdo con el convenio de colaboración suscrito al efecto, el pago se realizará a la Fundación Residencia de Estudiantes a la terminación de los cursos y estancias y cumplida la obligación de justificación de la actividad.

Si la Secretaría de Estado suscribiere Convenios de colaboración con instituciones y entidades privadas interesadas en aportar financiación a esta línea de ayudas, la cuantía máxima que se indica en el punto anterior se podrá ver incrementada en una cuantía adicional cuya aplicación a la concesión de la ayuda no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de la cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad de crédito como consecuencia de la aprobación del expediente de generación de crédito que deberá ser anterior a la resolución de concesión de la ayuda.

 

Requisitos de los solicitantes:

– Tener la nacionalidad de origen de alguno de los países miembros de la Comunidad Iberoamericana de Naciones (Andorra, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, Cuba, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, República Dominicana, Uruguay y Venezuela).

– Quedan excluidos los residentes en España, cualquiera que fuere su nacionalidad.

– El solicitante con doble nacionalidad deberá elegir con la que desea cumplimentar la solicitud de ayuda y aportar, en consecuencia, los datos correspondientes de identificación de dicha nacionalidad.

– Acreditar experiencia, según el ámbito de la práctica profesional que solicitada, en la gestión cultural en organismos públicos de su país de origen y/o en entidades privadas de reconocido prestigio.

– No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, recogidas en los anexos III, IV y V de la presente convocatoria, ni ser deudores por reintegro de subvenciones en los términos previstos en artículo 21 del RLGS.

De conformidad con lo establecido en el artículo 71 bis.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante LRJAP-PAC), se compromete a mantener el cumplimiento de estos requisitos durante el periodo de tiempo inherente al disfrute de la ayuda.

– No haber superado los 40 años de edad en el año de publicación de la presente convocatoria.

 

Presentación de solicitudes y plazos:

– Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente en línea por vía electrónica. Para ello, la Administración Pública española, de acuerdo con la Orden CUL/1132/2011, de 28 de abril (Boletín Oficial del Estado de 6 de mayo), facilita la obtención de clave concertada que reconoce la identidad de la persona solicitante y mejora la seguridad en el intercambio de información.

– Para obtener dicha clave y poder cumplimentar a continuación la solicitud, se deberán seguir los siguientes pasos:

a) Acceder desde http://sede.mcu.gob.es, pulsar trámites y procedimientos y teclear en el buscador la palabra ayudaiberex.

b) Solicitud de clave (se requiere escanear el documento de identificación para avalar los datos introducidos).

c) Tras solicitar la clave se recibirán tres correos: el primero de bienvenida, el segundo de activación de clave y el tercero de concesión de clave.

d) Una vez recibida la clave teclear e ir a trámite y seleccionar beca y modalidad y pulsar crear solicitud.

e) Cumplimentados los formularios que aparecen en pantalla, pulsar el botón firmar, y descargar el justificante pdf que acredita su solicitud.

– Cabe presentar las solicitudes por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en lo sucesivo LRJAP-PAC), cumplimentando los formularios siguientes en papel: anexo II acompañado de la correspondiente documentación con copia duplicada (pasaporte o documento oficial de identidad en vigor; carta de aval de la solicitud; y título de méritos alegados); anexo III; anexo IV y anexo V.

– Quedarán ulterior y automáticamente eliminadas aquellas solicitudes que aleguen datos requeridos por esta convocatoria que no sean contrastables o falsos.

– Quedan eliminados los solicitantes que hayan disfrutado de una ayuda en convocatorias anteriores, así como quienes hubieran presentado solicitudes durante tres años consecutivos, si haber resultado elegidos.

– El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El plazo de petición de clave para solicitantes por vía electrónica será de quince treinta días a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y terminará a las 12 horas, hora de España peninsular. Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en el punto 3 de la convocatoria, se requerirá al interesado para que la subsane en el plazo máximo e improrrogable de diez días, si no lo hiciese se le tendrá por desistido de su solicitud.

 

Valoración de solicitudes, criterios de selección y concesión de ayudas:

– La selección de estas ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad.

– El Órgano competente para la instrucción del Procedimiento será la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

– La evaluación y propuesta de concesión de las ayudas se realizará por una Comisión de Valoración que, de acuerdo con el artículo 6 de la Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, estará presidida por el Subdirector General de Promoción Exterior de la Cultura, con un Vicepresidente, que será un Consejero Técnico de la Subdirección General de Promoción Exterior de la Cultura y siete funcionarios de la Secretaria de Estado de Cultura y de sus organismos, que actuarán como Vocales y uno como Secretario con voz y voto.

– La Comisión quedará válidamente constituida con la asistencia del Presidente, el Secretario y cuatro, al menos, de sus restantes miembros.

– La Comisión actuará de acuerdo con lo establecido para el funcionamiento de los órganos colegiados en el artículo 22 y siguientes de la LRJAP-PAC. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en la Orden PRE/525/2005, de 7 de marzo, por la que se da publicidad al Acuerdo de Consejo de Ministros en el que se adoptan medidas para favorecer la igualdad entre hombres y mujeres.

– El proceso de selección se iniciará con la valoración de las solicitudes por la Comisión de Valoración tomando en consideración los siguientes criterios cuya ponderación se indica:

a) Adecuación del perfil académico, profesional y personal del candidato al programa (curso o estancia) solicitado (hasta 6 puntos).

b) Experiencia profesional acreditada, de acuerdo con lo establecido en el punto 3.4 de la presente orden (hasta 2 puntos).

c) Titulación acreditada, en el ámbito específico del programa solicitado (hasta 3 puntos).

d) Valoración de la utilidad de los contenidos del curso o estancia para la institución o entidad en que preste sus servicios profesionales el candidato (hasta 4 puntos).

– La Comisión de Valoración informará por vía electrónica la propuesta de concesión de ayudas a los solicitantes seleccionados.

– Con carácter previo a que se dicte la resolución de concesión y además del informe del Órgano instructor al que se refiere el artículo 24.4 de la LGS, los beneficiarios propuestos deberán suscribir una declaración responsable comprensiva de las siguientes menciones:

a) No incurrir en ningún supuesto de incapacidad o prohibición para obtener subvenciones a los que se refiere el artículo 13.2 LGS.

b) No ser deudor por resolución de reintegro de subvenciones.

c) No realizar actividades económicas en el Estado español.

 

Dotación de las ayudas:

El Programa IBEREX está dotado con la cantidad de 80.000 euros que se financian con cargo a la aplicación 18.13.144A.485.01.

 

Cada una de las ayudas consistirá en el alojamiento y manutención en la Residencia de Estudiantes de Madrid (calle Pinar, 21, Madrid, 28006), por los periodos que se señalan en cada curso reflejado en el anexo I de la presente convocatoria y por un seguro médico no farmacéutico. El gasto por este último concepto será como máximo de 2.774,60 euros.

 

Para más información y anexos:

www.boe.es

 


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