Convoca la Diputación de Valencia
Habiéndose superado las tres décadas desde que la Diputación de Valencia convocara por primera vez los Premios de artes plásticas “ALFONS ROIG”, se considera oportuno dar continuidad a la nueva orientación introducida en la edición anterior, que recoja el espíritu de lo que se quiere que sea el futuro de estas ayudas, orientadas a incidir específicamente en la formación de los artistas de nuestra provincia para que alcancen un nivel artístico de primer orden.
BASES
Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria las siguientes:
1) Ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España.
2) Ayuda destinada a artistas que prevea desarrollar su formación en el extranjero.
Cada una de estas dos Ayudas tendrá por objeto la realización de un proyecto de investigación, individual o colectivo, por parte de artistas de la provincia de Valencia, en cualquiera de las siguientes disciplinas: pintura, escultura, dibujo, fotografía, audiovisuales, técnicas digitales y diseño. Cuando sea una obra colectiva, se designará un representante, y en su defecto, las actuaciones a que den lugar se efectuarán con el autor que figure en primer término. Los centros donde se desarrolle el proyecto deberán ser de público prestigio y reconocimiento.
Requisitos:
Las ayudas se concederán mediante concurso público, entre los diversos aspirantes que reúnan los siguientes requisitos:
– Haber nacido o haber residido al menos durante tres años en la Provincia de Valencia, o haber estudiado durante al menos dos años en alguna de las universidades de la provincia de Valencia. En caso de presentarse proyectos en equipo, este requisito se exigirá a la mayoría de los miembros del equipo.
– Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Grado de Bellas Artes, Grado de diseño, Grado de Historia del Arte, Grado de Comunicación Audiovisual, Grado de Diseño, o Título Superior de Artes Plásticas y Diseño, Técnico en Artes Plásticas y Diseño, o titulación homologada.
– Tener menos de 40 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Solicitudes:
Los aspirantes al Concurso solicitarán individualmente su inclusión en el mismo mediante instancia dirigida al Excmo. Se. Presidente de la Diputación de Valencia, según modelo que figura en el Anexo a las presentes bases y en www.dival.es/cultura , adjuntándose la documentación que se expresa a continuación, a los efectos de valoración de méritos establecida en la base SEXTA de la presente convocatoria:
– Fotocopia compulsada del D.N.I.
– Fotocopia compulsada del expediente académico, en el que figure la fecha de expedición del título.
– Certificado de Empadronamiento durante al menos tres años en un municipio de la Provincia de Valencia, o certificado de haber cursado estudios presenciales en un centro universitario radicado en la Provincia de Valencia durante dos cursos académicos. No será necesaria su aportación cuando el DNI esté expedido hace más de tres años y en él figure un domicilio en la provincia de Valencia, o cuando en el expediente académico aparezca claramente que dos anualidades han sido cursadas en una Universidad radicada en la provincia de Valencia. En caso de presentarse proyectos en equipo, la documentación a que se refiere este punto deberá presentarse respecto de la mayoría de los miembros del equipo.
– Currículum vitae del solicitante, en el que se incluya mención a su experiencia como artista (exposiciones realizadas, obras, premios, becas, estudios realizados, actividades profesionales, etc., y de 8 a 15 fotografías de la obra reciente del autor.
– Una breve memoria del trabajo a realizar, en la que se describan los objetivos que se persiguen con el proyecto, el plan de desarrollo del trabajo incluyendo sus fases temporales, las razones que justifican acometerlo, y quienes se desplacen al extranjero el centro donde se desea desarrollar la beca. Su extensión máxima será de 3 folios.
La presentación de la solicitud de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, los certificados a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de estar al corriente en el pago de sus obligaciones, como requisito imprescindible para obtener la condición de beneficiario. En los supuestos en los que por cualquier circunstancia el certificado no sea positivo, se requerirá al solicitante para que lo aporte, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación, sito en la Calle Serranos, nº 2, de Valencia 46003, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará al día siguiente del de la publicación del anuncio de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia, pudiendo presentarse las solicitudes hasta el día 31 de julio de 2012 inclusive.
Admisión:
Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidencia de la Corporación dictará resolución, en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos o excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en los tablones de anuncios de la Diputación, y en la página web www.dival.es/cultura, con indicación de las causas de exclusión.
El plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones será de diez días a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo resueltas en el mismo acto administrativo que apruebe la lista definitiva, que será hecha pública, así mismo, en la forma indicada.
En el caso de que no haya deficiencias a subsanar por los solicitantes, la publicación podrá contener la lista provisional de admitidos y la valoración de la primera fase del concurso realizada por el Tribunal. Del mismo modo, la publicación de la lista definitiva resolviendo las reclamaciones podrá contener la valoración de la primera fase del concurso realizada por el Tribunal.
Contra la resolución aprobatoria de la lista definitiva podrán los interesados interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, en los términos de la vigente Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del particular.
Tribunal:
Para la valoración de los méritos de los solicitantes, se constituirá un Tribunal integrado por:
– Presidente: El Presidente de la Diputación, y por delegación, la Diputada de Cultura.
– Vocales: Cinco especialistas o profesionales con méritos reconocidos en el campo de las artes plásticas y visuales.
– Secretario: El Secretario General de la Diputación, o funcionario en quien delegue.
Méritos a valorar:
La valoración se realizará por el Tribunal en dos fases.
En la primera fase, se seleccionarán los 3 proyectos de cada una de las ayudas que hayan obtenido mejor puntuación, en base a los méritos siguientes:
1) Titulación, hasta un máximo de 2 puntos: Con arreglo a la siguiente escala:
a) Por cada titulación de Formación Profesional de Grado Medio: 1 punto
b) Por cada titulación de Formación Profesional de Grado Superior: 1,5 puntos
c) Por poseer una titulación de Grado universitario: 2 puntos.
2) Memoria del trabajo a realizar: De 1 a 5 puntos. En ella, se valorarán los siguientes apartados:
a- Interés del proyecto, tanto objetivo como para la formación del artista: 2 puntos.
b- Innovación y originalidad: 1,5 puntos.
c- Complejidad: 1,5 puntos.
3) Currículum profesional y trabajos similares realizados con anterioridad: De 1 a 3 puntos. A estos efectos, se valorará:
a- Trabajos de investigación realizados en relación con el contenido del proyecto: de 0 a 1 punto. Se valorará 0,10 puntos por mes trabajado. Se computarán los meses completos, contados de fecha a fecha.
b- Exposiciones en las que su obra haya formado parte, o trabajos realizados, becas o experiencia en instituciones públicas o privadas directamente relacionada con el contenido del proyecto: de 0 a 1 punto. Se valorará 0,10 puntos por mes trabajado. Se computarán los meses completos, contados de fecha a fecha.
c- Formación específica directamente relacionada con el contenido del proyecto: de 0 a 1 punto. Se valorará con arreglo a la siguiente escala:
Cursos de 15 a 25 horas: 0,06 puntos por cada curso.
Cursos de 26 a 50 horas: 0,15 puntos por cada curso.
Cursos de 51 a 100 horas: 0,45 puntos por cada curso.
Cursos de más de 100 horas: 0,6 puntos por cada curso.
Sólo se valorarán los cursos que hayan sido cursados o impartidos por el interesado y que hayan sido convocados u homologados por cualquier centro u organismo oficial de
formación. Los cursos de menos de 15 horas no se valorarán. Ningún mérito podrá valorarse por más de un apartado.
No podrán superar esta fase los aspirantes que no hayan obtenido un mínimo de 6 puntos.
No se tomarán en consideración los proyectos que sean inviables económicamente, considerándose ofertas temerarias, entendiéndose por tales aquellos cuyo presupuesto supere manifiestamente el importe de la beca a la que optan.
En la segunda fase, los aspirantes harán una presentación de 10 a 15 minutos en la que expongan su proyecto. El Tribunal seleccionará un trabajo a realizar para cada una de las ayudas, en base al proyecto artístico y a la presentación realizada. La valoración se atendrá al siguiente baremo:
a- Interés del proyecto, tanto objetivo como para la formación del artista: 4 puntos.
b- Innovación y originalidad: 3 puntos.
c- Complejidad: 3 puntos.
d- Lugar e institución donde vaya a desplazarse: 2 puntos.
Obligaciones de los beneficiarios:
La duración de la ayuda será de 12 meses, contados a partir del primer día del mes siguiente al de su adjudicación. En todo caso, los adjudicatarios de la misma quedarán obligados a desarrollar los trabajos de investigación en un plazo de 12 meses, contados desde la adjudicación de la beca.
El tutor de los ganadores será nombrado por la Diputación de Valencia y será el interlocutor habitual entre los mismos y el tribunal.
El trabajo a realizar deberá ajustarse tanto a la memoria presentada como a las observaciones que durante el transcurso de la investigación le formule el tutor. A tal efecto, trimestralmente los ganadores deberán dar cuenta del trabajo llevado a cabo al tutor. Finalizado el trabajo y entregado formalmente, la Diputación hará suya dos de las obras que la misma determine realizadas durante el período de disfrute de la ayuda, así como los trabajos realizados dentro de su programa de formación, que pasarán a formar parte de su fondo artístico, cedida por el artista gratuitamente. Cuando el proyecto ganador consista en un conjunto de elementos que no deban separarse, la Diputación con el fin de mantener la integridad del trabajo, puede elegir la serie o series que deban pasar a formar parte del acervo de la Diputación, independientemente del número de piezas que formen la serie o serie, o que compongan la obra en su conjunto.
La Diputación podrá realizar exposiciones en itinerancia, preferentemente por los municipios de la provincia de Valencia, con cada uno de los ganadores en los lugares y fechas que la misma determine. Además, cada dos convocatorias de estas ayudas, la Diputación realizará una exposición colectiva con los cuatro artistas ganadores en las mismas, con la itinerancia que considere oportuna.
En ellas, se incluirán obras de los artistas realizadas durante el plazo de disfrute de sus ayudas para lo que están obligados a prestar la obra que se les solicite, así como a facilitar la documentación e información adecuada. De hecho, la muestra consistirá en la exposición de los resultados obtenidos en el disfrute de las mismas. Las ayudas de la Diputación deben ser citadas en toda la documentación que se genere durante la vigencia de los trabajos. El disfrute de esta ayuda es incompatible con cualquier otra ayuda, salvo autorización expresa.
Dotación económica y forma de pago:
La dotación económica de las ayudas será la suma de la parte fija y de la parte variable:
– La parte fija para la ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España es de 6.000 euros
– La parte fija para la ayuda destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en el extranjero es de 12.000 euros.
– La parte variable, por importe de otros 18.000 euos, la distribuirá el tribunal entre los dos ganadores. Dicha distribución, que deberá ser motivada y dejarse debida constancia en el expediente, deberá basarse en las características de los proyectos galardonados. En defecto de acuerdo expreso, la parte variable destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en España será de 6.000 € y la de la beca destinada a artistas que prevean desarrollar su formación en el extranjero será de 12.000 euros.
De estas cantidades se retendrá lo que corresponda en concepto de impuestos.
El pago se realizará de modo fraccionado y de la siguiente manera:
– Primer pago: De modo anticipado al iniciarse el proyecto, el 25% del importe total de la ayuda.
– Segundo pago: A partir del día en que finalice el segundo trimestre de duración de la ayuda, y previa acreditación de su inscripción en el centro elegido para desarrollarla en el caso del proyecto en el extranjero, el 25% del importe total de la ayuda.
– Tercer pago: A partir del día en que finalice el tercer trimestre de duración de la ayuda, el 25% del importe total de la ayuda.
– Cuarto pago: A la entrega del proyecto finalizado con informe positivo del tutor, el 25% restante del importe total de la ayuda.
Previamente al pago de los plazos segundo y tercero, cada ganador deberá entregar un avance del proyecto, que incluya los trabajos realizados, que requerirá el informe favorable del tutor.
El cuarto pago quedará pendiente hasta que el trabajo definitivo sea informado favorablemente por el tutor. Para ello, cada ganador debe presentar una memoria final, en la que analice la consecución de los objetivos marcados inicialmente y el aprovechamiento de la ayuda disfrutada, adjuntando la documentación gráfica del proyecto realizado. El incumplimiento de este plazo dará lugar a la anulación de los pagos efectuados con anterioridad, iniciándose el trámite de devolución de las cantidades ya abonadas. El presupuesto total de esta convocatoria asciende a 36.000 euros. Las cantidades de ambas ayudas se harán efectivas con cargo a la partida 301.33400.48100.77 del presupuesto de la Corporación con el siguiente desglose presupuestario:
– Presupuesto del año 2012: Se eleva a 9.000 euros. Por tanto, durante el 2012 el proyecto ganador de la ayuda para desarrollar su formación en España percibirá 1.500 euros en concepto de parte fija, y el proyecto ganador de la ayuda para el extranjero cobrará 3.000 euros como parte fija. Además, durante dicho año se distribuirá entre los dos proyectos un total de 4.500 euros en concepto de parte variable.
– Presupuesto del año 2013, condicionadas a la existencia de crédito suficiente y adecuado: Asciende a la cantidad de 27.000 euros. Por tanto, durante el 2013 el proyecto ganador, para desarrollar su formación en España percibirá 4.500 euros en concepto de parte fija, y el proyecto ganador para el extranjero cobrará 9.000 euros como parte fija. Además, durante dicho año se distribuirá entre los dos proyectos un total de 13.500 euros en concepto de parte variable.
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