Premio Reina Letizia de Cultura Inclusiva

Dotado con 10.000 euros y organizado en colaboración con la Fundación ONCE

Premio Reina Letizia de Cultura Inclusiva

El premio tiene como finalidad reconocer aquella creación o interpretación artística (en el ámbito de las letras, las artes plásticas, la música, las artes escénicas, las actividades cinematográficas y audiovisuales, nuevas formas culturales, etc.) que mejor exprese o encarne artísticamente los valores de la diversidad humana que supone la discapacidad.

BASES

PARTICIPANTES:

Podrán ser beneficiarias de este premio las personas físicas o jurídicas de nacionalidad española, tanto de forma individual como conjunta o con trabajos de equipo.

CUANTÍA:

El Premio Reina Letizia 2015 de Cultura Inclusiva, en la modalidad de creación artística, tiene una dotación económica de diez mil euros, que será financiada íntegramente por la Fundación ONCE.

El premio podrá concederse «ex aequo» o, en su caso, declararse desierto si se considera que las candidaturas no reúnen los méritos suficientes para ser galardonadas.

SOLICITUD:

Las candidaturas al premio, serán dirigidas a la Secretaria General del Real

Patronato sobre Discapacidad y suscrita por el representante autorizado de la entidad solicitante, deberá formalizarse en el modelo de instancia que figura en el anexo y, junto con la restante documentación requerida, se presentarán en el Registro general del organismo, calle de Serrano, 140. 28006 Madrid, o en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Asimismo, y conforme a lo previsto en la Ley 11/2007, de 22 de junio, las solicitudes podrán presentarse también por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, www.msssi.gob.es.

El plazo de presentación de las candidaturas al premio será de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial del Estado (3 de diciembre).

DOCUMENTACIÓN:

Deberá acompañarse a la presentación de la candidatura al premio Reina Letizia de Cultura Inclusiva y en formato accesible, la siguiente documentación:

Memoria: Deberá aportarse por la entidad que presenta la candidatura, junto con la solicitud y por duplicado ejemplar, una Memoria relativa a la creación artística que se propone como candidata al premio Reina Letizia de Cultura inclusiva, donde figure una descripción de la obra y una referencia biográfica sobre su creador/interprete o creadores/intérpretes y los motivos por los que se considera que es merecedora del mismo.

La memoria, que podrá ser aportada en papel impreso o mediante un CD/DVD o memoria USB tendrá una extensión máxima de veinte páginas A4 en formato Word o formatos alternativos de carácter no propietario, con letra Times New Roman, 12, a dos espacios en formato accesible. Deberá incluir documentación gráfica sobre la creación artística propuesta así como, de forma opcional otros documentos gráficos, videos etc. que crean relevante aportar.

Autorización al órgano convocante, que se hará constar en la solicitud, para que éste compruebe sus datos mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad, según establece el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, o en su caso, fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o permiso de residencia o trabajo.

Original o copia con el carácter de auténtica o fotocopia compulsada de los  estatutos debidamente legalizados de la entidad que presenta la candidatura.

Poder bastante en derecho para actuar en nombre y representación de la entidad que presenta la candidatura.

En el caso de la presentación presencial de la solicitud de candidatura y con la finalidad del efectivo cumplimiento de los derechos reconocidos en el artículo 35, letra c), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los solicitantes acompañarán una copia de los documentos originales que aporten, a fin de que éstos les sean inmediatamente devueltos por las oficinas del registro, una vez que dicha copia haya sido compulsada y unida a la correspondiente solicitud. En caso de que se requiera la aportación de los documentos originales, los solicitantes tendrán derecho a que, en el momento de su presentación, se les entregue debidamente diligenciada con un sello la copia que acompañen a aquéllos.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.boe.es