Premios de artes plásticas Gobierno de Cantabria 2022

Inscripción hasta el 9 de mayo

Premios de artes plásticas Gobierno de Cantabria 2022

El Gobierno de Cantabria convoca sus Premios de artes plásticas 2022. Se considerarán artes plásticas exclusivamente alguna de las siguientes disciplinas: pintura, escultura, fotografía, grabado y nuevas tecnologías. Se concederán dos modalidades de premios, una abierta a todos los artistas y otra dirigida a los autores que hayan nacido o tengan residencia legal en Cantabria. Dichas modalidades de premios no son acumulables.

BASES

PARTICIPANTES:
Podrán participar en este premio todos los artistas, independientemente de su nacionalidad. Los ganadores en ediciones anteriores no podrán ser nuevamente premiados en la misma modalidad de premio, pero sí podrán acceder a la otra modalidad siempre que reúnan las condiciones necesarias para ello, en cualquier disciplina.
Para optar al premio a la obra de artista cántabro se deberá haber nacido o tener residencia legal en Cantabria.

Los requisitos exigidos al beneficiario para la obtención del premio deberán mantenerse durante el plazo de presentación de solicitudes y hasta el momento de la resolución de concesión.
En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

OBRA:
Cada autor podrá presentar una única obra, debiendo hacerlo en una sola de las siguientes disciplinas: pintura, escultura, fotografía, grabado y nuevas tecnologías. Las obras no podrán haber sido expuestas ni premiadas con anterioridad. En caso de presentar más de una obra, en una o varias disciplinas, no se valorará ninguna de ellas.

Las obras que se presenten al premio deberán ajustarse al siguiente formato:
Las obras pictóricas podrán ser de tema y técnica de libre elección. Sus dimensiones máximas no podrán exceder de 200 x 200 cm con soporte de tela en bastidor o soporte de madera, sin marco o con junquillo o listón de no más de 3 centímetros.
Las obras escultóricas podrán ser de tema y técnica de libre elección, siendo sus dimensiones máximas 200 x 200 x 200 cm y con peso máximo de 100 kg.
Las obras de fotografía podrán ser de tema y técnica de libre elección, en color o en blanco y negro, con unas dimensiones máximas de 200 x 200 cm., y sin enmarcar o con junquillo o listón de no más de 3 cm.
Las obras de grabado, incluyendo cualquier técnica de reproducción múltiple, se presentarán sin enmarcar o con junquillo o listón de no más de 3 cm y en todo caso con
unas dimensiones máximas de 200 x 200 cm.
Podrá hacerse uso de las nuevas tecnologías y presentarse instalaciones, vídeos, obras digitales, disciplinas mixtas o cualquier otra manifestación plástica emergente no incluida en las cuatro disciplinas anteriores (en las obras de imagen móvil, la obra nunca podrá sobrepasar los tres minutos de duración).
En todas las disciplinas, pero especialmente en las de fotografía y grabado, si la obra presentada formara parte de una serie compacta, se pondrá de manifiesto tal circunstancia en la documentación a adjuntar a la solicitud de participación, pudiendo recoger en esta imágenes de dicha serie.

Si la obra supera la primera fase de selección a la que se refiere el artículo 6 de la Orden UIC/10/2021 de 17 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de los premios de artes plásticas Gobierno de Cantabria, se solicitará su envío a portes pagados, debiendo cumplir la obra los mismos requisitos dimensionales definidos para la disciplina a la que opte. De entre las obras que superen la primera fase podrá realizarse una selección, que podrá ser expuesta al público por un periodo no superior a dos meses.

ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
Los interesados que deseen participar en la convocatoria del premio deberán presentar su solicitud en el modelo normalizado (Anexo I) que está disponible en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria, en su apartado Atención a la Ciudadanía 012, Premios (http://www.cantabria.es) o en la página web culturadecantabria.com.

Dichas solicitudes irán debidamente cumplimentadas y firmadas y se dirigirán al titular de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, pudiendo presentarse en el Registro de la Consejería (C/ Lealtad 24, Santander) o a través del Registro Electrónico Común (REC), disponible en la Sede Electrónica del Gobierno de Cantabria, o en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018 de 22 de noviembre.

Si en uso de este derecho la solicitud se remite por correo postal, la misma deberá presentarse en sobre abierto para que sea fechada y sellada por el empleado de correos antes de que este proceda a su certificación, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 43/2010, de 30 de diciembre, del Servicio Postal Universal, de los Derechos de los Usuarios y el Mercado Postal, y en la normativa reglamentaria reguladora de esta materia.

Las solicitudes de participación deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:
Curriculum vitae del artista.
Dossier de la obra presentada al premio en el que se incluirán: fotos, características de la obra, materiales, proceso de creación; así como, las dimensiones, el peso, o los minutos de duración, dependiendo de la disciplina de la obra que se presenta.
Una fotografía de calidad de la obra presentada en CD/ USB.
Anexo II. Documentación en la que se recoja la trayectoria artística del candidato: se valorará positivamente el desarrollo de una vida artística dilatada, constante y de acreditada calidad en el solicitante, para lo cual servirá de referencia la obtención de premios en artes plásticas y su relevancia, así como la presencia del autor en exposiciones y eventos de carácter nacional e internacional y su grado de relevancia. Al tratarse de un documento que se debe presentar para la acreditación de circunstancias valorables, su incumplimiento determinará que ese mérito no sea objeto de valoración, sin solicitar la subsanación del mismo.

Asimismo, en la solicitud se harán constar las siguientes declaraciones responsables:
Declaración responsable del solicitante acreditando si se han solicitado y también si se han recibido otras subvenciones de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales para la misma finalidad, señalando, en caso afirmativo, entidad concedente e importe.
Declaración responsable acreditando que el solicitante no está incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
Declaración responsable de la veracidad de los datos reflejados en la solicitud y de la autenticidad de los documentos cuya copia se acompaña y de que cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para ser beneficiario de este premio.
Declaración responsable de la veracidad de los datos consignados en la solicitud relativos a la cuenta bancaria del solicitante.
Conocer, aceptar y comprometerse al cumplimiento de las bases reguladoras establecidas en la Orden UIC/10/2021 de 17 de marzo.
Conocer y aceptar que la Administración Pública podrá comprobar en cualquier momento la veracidad de los documentos, datos y cumplimiento de los requisitos por cualquier medio admitido en Derecho.
Declaración responsable en la que el solicitante y autor de la obra presentada acredita que la misma no ha sido expuesta ni premiada con anterioridad a la presente convocatoria.

PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo de presentación de las solicitudes será de 30 días hábiles, contados desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de Cantabria el extracto de la convocatoria previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (hasta el 9 de mayo de 2022).

DOTACIÓN:
Premio General: 8.000 euros.
Premio al artista cántabro: 4.000 euros.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.culturadecantabria.com