Becas para la formación en proyectos editoriales y para proyectos en actividades públicas en el ámbito museístico en el Museo Reina Sofía

Envío de solicitudes hasta el 28 de noviembre de 2023

Vista de la exposición "Margarita Rita Rica Dinamita". Museo Reina Sofía. En primer término, Las cargadoras de plátanos rojos, 1971-1974

El Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía convoca una beca para la formación en proyectos editoriales y otra para proyectos en actividades públicas en el ámbito museístico.

Se desarrollarán en el Área de Actividades Editoriales y en el Área de Actividades Públicas del MNCARS y tendrán una duración de doce meses. Sus beneficiarios contarán con el asesoramiento y orientación de un/a tutor/a del área correspondiente, quien será responsable del seguimiento y tutela del desarrollo de cada una de las becas.

El disfrute de una de estas becas no supone establecimiento de relación contractual o estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el/la becario/a y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Asimismo, no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca con cargo al mismo presupuesto del organismo.

BASES

REQUISITOS GENERALES:
Estar en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en los requisitos específicos de cada beca, o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Cumplir con el resto de los requisitos específicos del perfil indicado para cada beca (ver Anexo I).
Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.
No podrán concurrir las personas que hubieran obtenido, en al menos tres ocasiones, anteriores becas del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, ni aquellas que en los últimos cinco años hayan tenido un vínculo laboral o relación contractual superior a seis meses con el MNCARS.
Cada solicitante podrá presentar su candidatura a una única modalidad de beca. Si el mismo solicitante opta a más de una, solo se aceptará la primera opción presentada, considerándose excluidas las restantes.
No podrán concurrir las personas incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La solicitud de una beca implicará la conformidad con lo dispuesto en esta convocatoria y en la citada Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

REQUISITOS ESPECÍFICOS. BECA PARA FORMACIÓN EN PROYECTOS EDITORIALES:
Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte, Humanidades o Bellas Artes. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes. Los expedientes académicos con valoración media inferior a 8 o 2,50 (de acuerdo con el baremo usado por la Universidad que expide el título) quedarán desestimados.
Haber finalizado dicha licenciatura o grado universitario en el año 2011 o posteriores.
Nivel medio-alto de inglés (B2, según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
Presentar, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en el desarrollo de la beca.

REQUISITOS ESPECÍFICOS. BECA PARA FORMACIÓN EN PROYECTOS TRANSVERSALES DE ACTIVIDADES PÚBLICAS:
Estar en posesión de una titulación académica oficial de Licenciatura o Grado en Historia del Arte o Comunicación Audiovisual. En el caso de títulos extranjeros de educación superior, deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Haber finalizado dicha licenciatura o grado universitario en el año 2009 o posteriores.
Nivel medio de inglés (B, según el Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas).
Presentar, con extensión máxima de dos folios, a doble espacio, una exposición de motivos de la solicitud, incluyendo los resultados que se esperan obtener en desarrollo de la beca.

ENVÍO DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN:
La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, en la dirección: https://museoreinasofia.sede.gob.es.

Las solicitudes, que se ajustarán al formulario correspondiente a cada clase de beca que se publica en el Anexo I a la presente resolución, se cumplimentarán enteramente en español. Deberán rellenarse en buena y debida forma en todos sus apartados, y de forma verídica y completa, quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos/as solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados ni acreditados no se calificarán.

El/la solicitante, con la marcación de la casilla correspondiente que figura en el Anexo II del formulario de solicitud, autoriza a obtener de otras Administraciones Públicas la información que resulte precisa para la determinación, conocimiento y comprobación de todos los datos de identificación, de residencia y académicos necesarios para la resolución de la solicitud de la beca.

Las solicitudes deberán presentarse con la documentación que se detalla a continuación, en el idioma español o traducidas al mismo, cuando corresponda:
En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad, para los ciudadanos españoles, o copia digitalizada del Número de Identificación de Extranjero o del documento que le sustituya para el resto de los interesados en el procedimiento.
Copia electrónica o digitalizada del certificado de residencia fiscal para los/las solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español.
En el caso de no autorizar la consulta de datos por medios electrónicos, se deberá adjuntar Copia electrónica o digitalizada del Título universitario.
Copia electrónica o digitalizada de la Certificación Académica Personal, con validez oficial, o del Suplemento al Título Europeo o reconocidos por el Convenio Regional de Reconocimiento de Estudios, Títulos y Diplomas de Educación Superior en América Latina y el Caribe en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios. Los expedientes académicos con valoración media inferior a 8 o 2,50 (de acuerdo con el baremo usado por la Universidad que expide el título) quedarán desestimados.
Copia electrónica o digitalizada de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.
Copia electrónica o digitalizada de las certificaciones indicadas en el currículum vitae del solicitante. No se valorarán los méritos que no estén debidamente acreditados. Las acreditaciones de los cursos recibidos deberán indicar el número de horas lectivas. En cuanto a los méritos profesionales, deberá aportarse certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración Pública y el periodo temporal. En los demás casos, copia del contrato de trabajo y/o certificado expedido por la empresa correspondiente y, en todo caso, certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, se entregará copia del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada o cualquier otro medio suficiente en derecho.
Para los aspirantes nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, copia electrónica o digitalizada del certificado acreditativo del conocimiento de español, preferentemente el DELE del Instituto Cervantes, o equivalente, requiriéndose como mínimo el nivel C1 del Marco Europeo Común de Referencia. Se reconocerá también el nivel de español de acuerdo a su uso en la experiencia profesional y durante la entrevista.
Declaración responsable del solicitante – en el apartado correspondiente del formulario de solicitud- de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.

Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el interesado con cualquiera de los sistemas de firma electrónica indicados y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por esta vía que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el/la solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

PLAZO DE SOLICITUD:
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente de la publicación del extracto de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado (hasta el 28 de noviembre de 2023).

DOTACIÓN:
Las dos becas concedidas, por importe total de cuarenta mil euros (40.000 euros) y de veinte mil euros (20.000 euros) cada una de ellas, se sufragarán con cargo a la aplicación presupuestaria 24.302.333A.480. Dicha cantidad será abonada en pagos mensuales vencidos durante su duración. Las cantidades correspondientes estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

OBLIGACIONES DE LOS BECARIOS:
No tener adquirido ningún compromiso que le impida el cumplimiento íntegro y/o continuado de la beca.
Aceptar por escrito la beca concedida, dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir de la recepción de la notificación de la orden de concesión. De no aceptarse la beca dentro de dicho plazo se entenderá que se renuncia a la misma y se concederá al suplente que figure en primer lugar en la propuesta de concesión.
Incorporarse al Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía en el plazo establecido en la notificación de concesión de la beca y realizar la actividad formativa que fundamenta su concesión.
Cumplir las normas sobre asistencia y participación en las labores objeto de la beca otorgada, cumpliendo un horario diario no inferior a siete horas de lunes a viernes, así como cumplir las normas generales y particulares del organismo.
Acreditar ante el organismo, dentro del plazo que se establece, la realización de la actividad formativa, mediante la presentación de los documentos previstos.
Guardar confidencialidad sobre la información de datos no publicados de los que tengan conocimiento en el desarrollo de la beca. Los derechos de propiedad intelectual que, en su caso, se deriven del resultado de la beca, serán titularidad del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, si bien podrán ser utilizados por el/la becario/a con fines académicos mediante comunicación previa y autorización del responsable del Área en la que se desarrolla la beca y de la Subdirección de Gerencia.
Someterse a las actuaciones de comprobación que efectúe la Subdirección de Gerencia del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado y las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, a los que facilitarán cuanta información les sea requerida al efecto.
No realizar, durante el desarrollo de la beca, ninguna actividad que impida el cumplimiento íntegro y continuado del objeto de la beca, salvo la expresa renuncia a la misma.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
www.museoreinasofia.es