Subvenciones para la edición de revistas de cultura

Solicitudes hasta el 17 de mayo de 2017

Subvenciones para la edición de revistas de cultura 2017

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte convoca estas subvenciones para garantizar la edición de aquellas revistas culturales que, a pesar de tener una relevancia cultural sobresaliente y de constituirse en expresión del pensamiento y la sensibilidad de la sociedad, tienen un alcance comercial reducido.

BASES

OBJETO Y FINALIDAD:

Se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la edición de aquellas revistas de cultura que contribuyan al enriquecimiento del patrimonio bibliográfico español, escritas en castellano o en las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.

La convocatoria se destina exclusivamente a la producción de los números correspondientes al año 2017, según la periodicidad anual de cada revista.

Se entenderán que son publicaciones pertenecientes al ámbito de la cultura, con independencia del soporte en que se editen, aquellas dedicadas a alguna de las siguientes materias: literatura y lingüística, artes plásticas, escénicas o música, diseño, fotografía, audiovisual, cinematografía, historia, geografía, arquitectura, filosofía, ciencias sociales y crítica de la cultura.

CONDICIONES DE CONCESIÓN:

Esta subvención es compatible con otras ayudas para la misma actividad siempre que el importe de la misma no supere el 100% del coste de la producción de la revista.

Con cargo a esta convocatoria no se podrá financiar más del 50% del coste de edición de la publicación, el 50% restante necesariamente deberá financiarse con cargo a los fondos propios de la editorial o mediante otras ayudas públicas o privadas.

BENEFICIARIOS:

Podrán solicitar estas subvenciones las empresas e instituciones sin fines de lucro que tengan como actividad la edición de revistas culturales y que acrediten la publicación ininterrumpida de la revista durante 2016.

En el caso de las revistas en papel, deberán ser publicaciones periódicas, con una tirada mínima de 1500 ejemplares y máxima de 15000, editadas en serie continua con un mismo título y con un precio de venta al público marcado. Tendrán que tener una periodicidad máxima mensual y una mínima semestral.

Las revistas objeto de subvención editadas en formato digital tendrán que ser publicaciones periódicas, con un dominio propio y un precio de venta al público y editarse de forma continua, fechadas y con un número, con una periodicidad máxima mensual y mínima semestral.

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 17 de mayo de 2017. Se dirigirán al Director General de Industrias Culturales y del Libro y habrán de ser presentadas, empleando un certificado electrónico válido, en la sede electrónica del MECD.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.mecd.gob.es

Guardar