Dos becas de estancia en la Casa de Velázquez

Convocadas por el Consejo de Cultura Gallega

Dos becas de estancia en la Casa de Velázquez convocadas por el Consejo de Cultura Gallega

El artículo 6 de la Ley 8/1983, de 8 de julio, del Consejo de la Cultura Gallega establece que le compete a este organismo investigar y valorar las necesidades culturales del pueblo gallego.

Dentro del plan de actividades del Consejo de la Cultura Gallega para el año 2017 figura la convocatoria pública de dos becas de estancia en la Casa de Velázquez en Madrid para contribuir, de este modo, a acrecentar el estudio y la investigación de la proyección de la cultura gallega, sobre todo en el mundo francófono.

BASES

REQUISITOS:
Podrán solicitar estas becas o ser beneficiarios/as de ellas las personas en las que no concurra ninguna de las circunstancias especificadas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y siempre que reúnan, además de los requisitos específicos que para cada beca se señalan en los anexos de esta resolución, los siguientes requisitos generales, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea.
Estar en posesión de la titulación universitaria requerida para la beca para la que presente solicitud. La persona solicitante deberá estar en posesión del título o acreditar el pago de los derechos para su expedición al final del plazo de presentación de solicitudes y tener finalizados los estudios conducentes a él con posterioridad al 31 de diciembre de 2011.
Acreditar el conocimiento de la lengua gallega en el nivel de perfeccionamiento o Celga 4, excepto los que acrediten estar en posesión del título de licenciado/a en Filología Gallega o grados equivalentes.
No resultar beneficiario de una beca de colaboración convocada por el Consejo de la Cultura Gallega en convocatorias anteriores durante un plazo superior a 12 meses.
Poseer una nota media en su expediente académico igual o superior a 7 puntos, calculada de acuerdo con los parámetros publicados por la Resolución de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 15 de septiembre de 2011 (DOG núm. 188, de 30 de septiembre).

SOLICITUDES:
Para poder ser beneficiaria/o de las becas deberá presentarse una solicitud ajustada al modelo normalizado que se incluye como anexo IV a la resolución.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Los formularios también estarán disponibles en la página web del Consejo de la Cultura Gallega (http://www.consellodacultura.gal).
La presentación de las solicitudes podrá, de igual forma, hacerse de manera presencial en el Registro del Consejo de la Cultura Gallega (Pazo de Raxoi, 2º piso; Praza do Obradoiro, 15705 Santiago de Compostela).
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:
Hasta el 23 de julio de 2017.

DOTACIÓN:
La cuantía de las becas será de 1.000 euros y están sometidas a las retenciones establecidas por la legislación fiscal para las rentas de trabajo (Real decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas). En esta cuantía están incluidos los costes de la Seguridad Social (cuota social y cuota obrera), en aplicación de lo previsto en el Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 11 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social.

DURACIÓN:
La duración de cada una de las becas será de tres meses y la fecha estimada de comienzo es el 15 de septiembre de 2017. finalizarán, en cualquiera caso, el 31 de diciembre de 2017. La fecha de incorporación al centro se establecerá en la notificación de la adjudicación de la beca.
Las personas que no se incorporen en el plazo establecido perderán los derechos inherentes a la beca concedida, excepto causa justificada de retraso apreciada por el presidente del Consejo de la Cultura Gallega.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:
xunta.gal

 

 

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