Beca de formación en documentación y gestión museográfica en el Área de Colecciones del Museo Reina Sofía

Solicitudes hasta el 16 de junio

Beca de formación en documentación y gestión  museográfica en el Área de Colecciones del Museo Reina Sofía

La beca convocada tendrá como finalidad la formación en los procesos de  documentación y gestión de los fondos museográficos de la colección del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, concretamente mediante el empleo de la base de datos del organismo como herramienta integral de gestión museográfica en el Área de Colecciones.

El beneficiario de la beca contará con el asesoramiento y orientación de un tutor en el Área de Colecciones, quien será responsable del seguimiento y tutela del desarrollo de la beca.

El disfrute de esta beca no supone establecimiento de relación contractual o  estatutaria alguna, ni supondrá vinculación laboral o funcionarial entre el becario y el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía. Asimismo, no podrá simultanearse con cualquier otro contrato, ayuda o beca con cargo al mismo presupuesto del organismo.

BASES

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES:

Estar en posesión de los títulos académicos oficiales que se indican en los  requisitos específicos de la beca o bien de títulos extranjeros equivalentes homologados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Cumplir con el resto de requisitos específicos del perfil indicado para la beca (ver anexo I).

Los nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español, deberán acreditar documentalmente un perfecto dominio, hablado y escrito, de este idioma.

SOLICITUDES:

Las solicitudes deberán dirigirse al Subdirector Gerente del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid.

Se cumplimentarán enteramente en español y deberán rellenarse en buena y debida forma, en todos sus apartados, y de forma verídica y completa,  quedando ulterior y automáticamente eliminados aquellos solicitantes que aleguen datos que se demuestren no contrastables o falsos. Los datos no aportados no se calificarán.

DOCUMENTACIÓN:

Copia de documento nacional de identidad o del pasaporte en el caso de que no se preste el consentimiento –contenido en el apartado VI del formulario de solicitud del anexo II– para la comprobación de datos a través del Sistema de Verificación de Datos, de acuerdo con el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril. Los no residentes en territorio español presentarán copia del documento acreditativo de su identidad expedido por la autoridad competente de su país que acredite su nacionalidad.

Copia del certificado de residencia fiscal para los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español.

Fotocopia compulsada del título universitario y de la Certificación Académica Personal, con validez oficial, en la que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media y haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios. Los expedientes académicos con valoración media inferior a notable o equivalente en créditos serán desestimados.

Fotocopia compulsada de la credencial de homologación expedida por el Ministerio de Educación en caso de títulos extranjeros de educación superior, y que se refieran a la misma especialidad.

Currículum vítae y fotocopia compulsada de las certificaciones de los méritos recogidos en dicho currículum vítae, no valorándose los méritos del solicitante que no estén debidamente acreditados. Respecto a los requisitos específicos detallados en anexo I, se estará a la siguiente forma de acreditación:

Formación académica: Fotocopia compulsada de los títulos o certificación de haber realizado todos los estudios necesarios para su obtención.

Cursos recibidos o impartidos: Fotocopia compulsada del título o certificado, con indicación del número de horas lectivas.

Méritos profesionales: Certificado expedido por la correspondiente unidad de personal, en el caso de experiencia adquirida en la Administración Pública y el periodo temporal. En los demás casos, fotocopia compulsada del contrato/s de trabajo y/o certificado expedido por la empresa correspondiente y, en todo caso, certificación de vida laboral expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social. Cuando la experiencia profesional se derive de la realización de un trabajo por cuenta propia, se entregará copia compulsada del contrato o contratos de servicios que hubieran dado lugar a la experiencia alegada.

Artículos, textos y publicaciones: Fotocopia compulsada de los artículos o de los créditos editoriales correspondientes en los que conste el ISBN o el ISSN en el caso de publicaciones on line, se indicará la URL de la página web en la que se ha editado el texto.

Copia de la acreditación o, en su defecto, declaración responsable firmada del dominio, hablado y escrito, de la lengua oficial española, en el caso de nacionales de Estados cuya lengua oficial no sea el español.

Declaración responsable del solicitante –en el apartado correspondiente del formulario de solicitud– de no estar incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición para obtener subvenciones, ni tener obligación por reintegro de subvenciones, según lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 25 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Aquella otra documentación que se exija en el formulario de solicitud.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

Las solicitudes deberán formularse por los interesados o personas que acrediten su representación por cualquier medio válido en derecho, y podrán presentarse en el Registro General del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, calle Santa Isabel, 52, 28012 Madrid, o por cualquiera de los siguientes medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero:

En Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno.

En las oficinas de Correos de España (con el sobre abierto para que el empleado de Correos pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de su certificación).

En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España para las solicitudes que se envíen desde el extranjero. Deberá figurar en la solicitud el sello de entrada en las mismas, que determinará la fecha de presentación.

No se admitirán, como medio de presentación de solicitudes, los servicios de mensajería privados ni los servicios de correos extranjeros.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado (1 de junio).

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública, en la web del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, la lista provisional de admitidos y excluidos en la presente convocatoria, con indicación en cada caso de los motivos de exclusión. Los solicitantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de dicha lista, para la subsanación de los motivos de exclusión.

IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA Y PAGO:

La cuantía de la beca se fija en dieciocho mil euros, que serán abonados en pagos mensuales vencidos durante su duración. Las cantidades correspondientes estarán sujetas a las retenciones que procedan, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.museoreinasofia.es