Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos en la Universidad de La Laguna

Pruebas selectivas para la creación de la Lista de Reserva

Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos en la Universidad de La Laguna

La Universidad de La Laguna precisa, en todo momento, mantener una relación de personas disponibles para la realización de funciones atribuidas al PAS, para la cobertura de necesidades de marcado carácter temporal.

El Reglamento de Sustituciones de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario de la Universidad de La Laguna, de 21 de junio de 2012, constituye el instrumento ordenador, sobre el que se articula esta convocatoria.

En aplicación del Reglamento citado, cuando no haya lista de reserva o esta se hubiese agotado y sea necesario cubrir algún puesto de trabajo con carácter de urgencia se procederá a efectuar una convocatoria en prensa o en Boletines Oficiales.

La presente convocatoria tiene como objeto seleccionar personal del Subgrupo A2 (antiguo Grupo B) de titulación para la cobertura de las necesidades que pudieran surgir en la Escala de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

BASES

REQUISITOS:

Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional del Reino de Noruega o de la República de Islandia.

También podrán participar el cónyuge, descendientes y descendientes del cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España.

Estar en posesión del título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. Serán igualmente admitidos los títulos que, a efectos académicos y profesionales homologue a los anteriormente citados el Ministerio o el órgano que, en su caso, resulte competente.

Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación.

No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de la Función Pública.

Los aspirantes afectados por limitaciones físicas, psíquicas o sensoriales serán admitidos en igualdad de condiciones con los demás aspirantes, siempre que tales limitaciones no sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

Dichos aspirantes aportarán, en el momento de presentar la solicitud, la certificación de reconocimiento de grado de minusvalía de acuerdo a lo regulado en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía (BOE nº 62, de 13 de agosto), debiendo ser el citado grado de minusvalía igual o superior al 33%.

Además tendrán que alegar de forma expresa, al tiempo de presentar la correspondiente solicitud, qué tipo de minusvalía padecen y qué tipo de adaptaciones necesitan para la realización de los ejercicios, tal y como previenen los artículos 1.2 y 5.2 del Decreto 43/1998, de 2 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo IV, Título VI, de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, regulador del sistema de acceso de personas con minusvalía para la prestación de servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias y Medidas de fomento para su integración laboral. De otra parte, tal y como previene el artículo 5.3 del mencionado Decreto 43/1998, de 2 de abril, cuando la disminución acreditada del aspirante afecte a su capacidad productiva o mecánica para el desarrollo de las pruebas o ejercicio de que se trate, podrá admitirse excepcionalmente la ampliación a un tercio del tiempo previsto para su realización.

Tales extremos tendrán que ser acreditados mediante certificación vinculante del equipo multiprofesional previsto en el citado Decreto 43/1998, de 2 de abril, en la que asimismo deberá constar que están en condiciones de cumplir las tareas fundamentales de los puestos de trabajo a que aspiran y las adaptaciones necesarias de dichos puestos. La certificación habrá de ser presentada junto con la solicitud de participación. De no ser posible la presentación de dicha certificación dentro del plazo de solicitudes, se deberá aportar al menos el justificante de haberla solicitado. En este caso los aspirantes tendrán que aportar la certificación dentro del plazo de subsanación de defectos a que se refiere la base 4.2.

No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario interino.

SOLICITUDES:

Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán hacerlo mediante la solicitud, debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de La Laguna, que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de la Universidad (Rectorado, calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna) y que está disponible en el portal electrónico de la misma.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias legibles del Documento Nacional de Identidad, copia de la titulación exigida para participar en el proceso y justificante de haber efectuado el ingreso de los derechos de examen.

A efectos de presentación de la documentación a valorar en la fase de méritos, se establecerá por la Comisión de Valoración un plazo de siete días hábiles, una vez publicados los resultados provisionales de la fase de oposición.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de La Laguna, calle Molinos de Agua, s/n, La Laguna, o en los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días naturales a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias, y se dirigirán al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de La Laguna.

Todas aquellas solicitudes que no sean presentadas en los lugares señalados en esta base se considerarán entregadas en la fecha en que tengan entrada en el Registro General de la Universidad de La Laguna.

Los derechos de examen de esta liquidación ascienden a 19 euros, cuyo abono se realizará por ingreso o transferencia bancaria en la cuenta número ES14 30760620192281304523 de CajaSiete, bajo el nombre “Pruebas Selectivas para la Creación de la Lista de Reserva de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos de la Universidad de La Laguna”.

Junto a la solicitud deberá entregarse la acreditación del mencionado ingreso. La falta de abono de los derechos de examen dentro del plazo de presentación de instancias supondrá la exclusión del procedimiento. No se concederá plazo adicional alguno para el abono de las mismas.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN:

www.gobiernodecanarias.org