Auxiliar de bibliotecas, archivos y documentación

En Albalate del Arzobispo (Teruel)

Auxiliar de bibliotecas, archivos y documentación

El pasado noviembre el Ayuntamiento de Albalate del Arzobispo (Teruel) aprobó las bases y la convocatoria mediante sistema de concurso-oposición libre para seleccionar una plaza de AUXILIAR DE BIBLIOTECA, ARCHIVOS Y DOCUMENTACION EN REGIMEN LABORAL TEMPORAL A MEDIA JORNADA. La duración del contrato será hasta se provea reglamentariamente de manera fija. Dicha plaza está dotada con las retribuciones correspondientes al Grupo C2, nivel 15.

BASES

CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:

Ser español, sin perjuicio de lo dispuesto sobre el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados en el art. 57 del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Tener cumplidos los 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
Estar en posesión del título de Graduado escolar o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni tener inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos o haber sido despedido como personal laboral en los términos establecidos en el art. 56.1 d) del R.D.L. 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

FUNCIONES:

Tratamiento técnico de los fondos de la biblioteca: Selección, registro, catalogación y clasificación.
Organizar y colocar los fondos de la biblioteca de acuerdo al sistema de clasificación utilizado.
Realizar y mantener el servicio de préstamo.
Atender e informar a los usuarios tanto del funcionamiento de la biblioteca como en las búsquedas bibliográficas.
Llevar a cabo y colaborar en la realización de actividades de animación a la lectura para niños, jóvenes y adultos.
Realizar las tareas que devengan de la participación en el sistema de bibliotecas de Aragón: Atender peticiones de documentos por parte de otras bibliotecas, rellenar estadísticas, elaborar memorias de la biblioteca, etc.
Coordinar su actividad con el Ayuntamiento.
Impulsar y promover entre la población la utilización de la biblioteca. Estudiar las necesidades y demandas de los clientes en cada momento para adaptar el servicio a los nuevos tiempos.
Realizar propuestas de dinamización cultural en la población a través del servicio de la biblioteca.
Colaborar con los empleados públicos del Ayuntamiento en las cuestiones relacionadas con el archivo municipal y el manejo de la información y documentación.
Recoger y contestar la correspondencia relacionada con la actividad.
Velar por el cumplimiento de las normas de uso de la biblioteca municipal.
Cualquier otra tarea relacionada con las funciones propias del puesto de trabajo.

INSTANCIAS:

Las instancias solicitando tomar parte en el concurso-oposición, en las que los aspirantes deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base segunda y se comprometen a jurar o prometer acatamiento a la Constitución española, se dirigirán al Alcalde-Presidente de la entidad local acompañadas de justificantes de los méritos a valorar en la fase de concurso.
Las instancias se presentarán en esta Entidad Local durante el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. También se publicará igualmente en la página web del Ayuntamiento (www.albalatedelarzobispo.com).
Las instancias también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de la instancia implica, a los efectos previstos en la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el consentimiento de los afectados para su inclusión en el Fichero de Personal de esta entidad local, cuya finalidad es la derivada de la gestión del área de recursos humanos, siendo obligatoria su cumplimentación, disponiendo de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la legalidad vigente, y siendo responsable del fichero la entidad local.

ADMISIÓN DE INSTANCIAS:

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde-Presidente de la entidad local dictará resolución, en el plazo máximo de diez días naturales, aprobando la lista única de los aspirantes admitidos y excluidos, que se hará pública únicamente en la página web del Ayuntamiento (www.albalatedelarzobispo.com) y expuesta en el tablón de edictos de la Casa Consistorial, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación.
En el supuesto de presentarse reclamaciones, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se aprueba la única y definitiva relación de admitidos que será hecha pública, asimismo, de la forma indicada, efectuándose, al mismo tiempo el nombramiento de los miembros del Tribunal, concretando qué vocal actuará como Secretario, junto con el señalamiento del lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

TRIBUNAL SELECCIONADOR:

El Tribunal seleccionador será designado por el Alcalde-Presidente de la entidad local, ajustándose a los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres. Estará constituido de la siguiente forma, además de por los respectivos suplentes:
Presidente: Un funcionario o personal laboral fijo del servicio de Archivos y Bibliotecas de la Diputación Provincial de Teruel.
Tres vocales: Un técnico bibliotecario de la Red de Bibliotecas de Aragón, otro por el servicio de Asistencia Técnica a Municipios de la Diputación Provincial de Teruel y el tercero, un funcionario o personal laboral fijo de un Ayuntamiento de Aragón que preste sus servicios como bibliotecario.
Secretario: El Secretario de la Corporación o empleado público municipal en quinen delegue.
La pertenencia al Tribunal de sus miembros será a título individual. Dicho Tribunal deberá ajustarse en su actuación a los principios de independencia y discrecionalidad técnica.
Podrán asistir Asesores técnicos, con voz y sin voto, cuya designación y actuación deberá ajustarse a los mismos principios que los miembros del Tribunal.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente.
Los miembros del tribunal y los asesores técnicos, en su caso, habrán de abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común.

 

PARA MÁS INFORMACIÓN Y PROGRAMA:

Dpteruel.es